Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021063827)
Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Agripa Solar", a realizar en el término municipal de Lobón (Badajoz). Expte.: IA20/1528.
38 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 241
Viernes, 17 de diciembre de 2021
59618
D.4. Medidas compensatorias.
El promotor, antes del inicio de las obras, deberá presentar para su aprobación por la DGS,
una propuesta de medidas compensatorias orientadas a minimizar el impacto del proyecto
sobre la biodiversidad más importante. Además, deberán estar destinadas a reducir, la
contaminación atmosférica, preservar la fauna, la flora, el patrimonio arqueológico y el
suelo, permitiendo el desarrollo de la sociedad y otros muchos beneficios para los que ya
se está trabajando. La precitada propuesta deberá identificar las áreas susceptibles de
acoger dichas medidas para la conservación de las especies y hábitats que se vean afectadas por el proyecto y contener, al menos, las siguientes medidas compensatorias:
1. E
l promotor, en la justa proporción que le corresponda en función de la potencia conectada en el nudo, deberá ejecutar las medidas incluidas en el apartado D.4. de la Resolución de 3 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que
se formula declaración de impacto ambiental del proyecto del Nudo San Serván 400 kV
correspondiente a la subestación "SUB1 colectora San Serván 400/220 kV”, a realizar
en el término municipal de Mérida (Badajoz). Expte.: IA20/1555, publicada en el DOE
n.º 177, de 14 de septiembre de 2021.
Respecto a lo establecido en el apartado D.4.1.c de la precitada resolución, se marcarán con dispositivos de seguimiento las siguientes especies que se detecten lo más
próxima a la planta: 5 elanios comunes en el periodo 2022-2023, 1 alcaraván en el periodo 2023-2024 y a partir del 2025 un ejemplar de la especie que el órgano ambiental
establezca, al año, durante la vida útil de la planta. La información generada estará
disponible para el órgano ambiental mensualmente en formato digital.
2. S
e instalará una caja nido de cemento corcho para cernícalo por cada 10 ha de superficie de la planta, dentro de la zona de implantación, en postes a 4 m sobre el suelo. Deberán contar con sistemas de antidepredación (incluida chapa perimetral en cada poste
de medio m de altura para evitar la depredación por gatos y otros depredadores que
trepan, colocados a 3 m de altura), así como de un mantenimiento anual para garantizar
su funcionalidad, siendo necesaria su reposición cuando se deterioren. Los resultados
de ocupación se incluirán en el PVA anual.
3. S
e instalará un cerramiento de exclusión ganadera a una distancia de 1,5-2 m del
cerramiento perimetral de la planta, creando un pasillo para la fauna en el que no se
actuará sobre la flora ni el suelo, esperando a que crezcan, sin necesidad de actuación,
matorrales mediterráneos (jara, lentisco, etc.) que formen una pantalla vegetal. Si no
creciesen se realizarán plantaciones de estas especies de la zona. En parcelas con olivos
se utilizarán éstos en la pantalla vegetal, respetando los que están en el perímetro o
trasplantándolos.
Viernes, 17 de diciembre de 2021
59618
D.4. Medidas compensatorias.
El promotor, antes del inicio de las obras, deberá presentar para su aprobación por la DGS,
una propuesta de medidas compensatorias orientadas a minimizar el impacto del proyecto
sobre la biodiversidad más importante. Además, deberán estar destinadas a reducir, la
contaminación atmosférica, preservar la fauna, la flora, el patrimonio arqueológico y el
suelo, permitiendo el desarrollo de la sociedad y otros muchos beneficios para los que ya
se está trabajando. La precitada propuesta deberá identificar las áreas susceptibles de
acoger dichas medidas para la conservación de las especies y hábitats que se vean afectadas por el proyecto y contener, al menos, las siguientes medidas compensatorias:
1. E
l promotor, en la justa proporción que le corresponda en función de la potencia conectada en el nudo, deberá ejecutar las medidas incluidas en el apartado D.4. de la Resolución de 3 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que
se formula declaración de impacto ambiental del proyecto del Nudo San Serván 400 kV
correspondiente a la subestación "SUB1 colectora San Serván 400/220 kV”, a realizar
en el término municipal de Mérida (Badajoz). Expte.: IA20/1555, publicada en el DOE
n.º 177, de 14 de septiembre de 2021.
Respecto a lo establecido en el apartado D.4.1.c de la precitada resolución, se marcarán con dispositivos de seguimiento las siguientes especies que se detecten lo más
próxima a la planta: 5 elanios comunes en el periodo 2022-2023, 1 alcaraván en el periodo 2023-2024 y a partir del 2025 un ejemplar de la especie que el órgano ambiental
establezca, al año, durante la vida útil de la planta. La información generada estará
disponible para el órgano ambiental mensualmente en formato digital.
2. S
e instalará una caja nido de cemento corcho para cernícalo por cada 10 ha de superficie de la planta, dentro de la zona de implantación, en postes a 4 m sobre el suelo. Deberán contar con sistemas de antidepredación (incluida chapa perimetral en cada poste
de medio m de altura para evitar la depredación por gatos y otros depredadores que
trepan, colocados a 3 m de altura), así como de un mantenimiento anual para garantizar
su funcionalidad, siendo necesaria su reposición cuando se deterioren. Los resultados
de ocupación se incluirán en el PVA anual.
3. S
e instalará un cerramiento de exclusión ganadera a una distancia de 1,5-2 m del
cerramiento perimetral de la planta, creando un pasillo para la fauna en el que no se
actuará sobre la flora ni el suelo, esperando a que crezcan, sin necesidad de actuación,
matorrales mediterráneos (jara, lentisco, etc.) que formen una pantalla vegetal. Si no
creciesen se realizarán plantaciones de estas especies de la zona. En parcelas con olivos
se utilizarán éstos en la pantalla vegetal, respetando los que están en el perímetro o
trasplantándolos.