Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021063827)
Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Agripa Solar", a realizar en el término municipal de Lobón (Badajoz). Expte.: IA20/1528.
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NÚMERO 241
Viernes, 17 de diciembre de 2021
59615
D.2. Medidas preventivas y correctoras en la fase de construcción.
1. S
e notificará a la DGS el inicio de las obras con una antelación mínima de un mes, junto
con la solicitud de visita previa para ver las condiciones ambientales de la parcela antes
del comienzo.
2. L
a ejecución de las obras se realizará preferentemente en periodo diurno, al objeto de
evitar molestias a la población y a la fauna por la generación de ruidos.
3. S
e evitará, en la medida de lo posible, que los desbroces (nunca decapado) se realicen
durante las épocas de reproducción de la mayoría de las especies faunísticas (que suele
ser entre finales de invierno y mediados del verano, febrero a julio, aproximadamente).
Si no fuera así, se realizará antes de la ejecución de los desbroces una inspección de
campo para la localización de nidos o lugares de concentración de animales que pudieran ser eliminados de forma directa.
4. S
e evitará realizar los trabajos en periodos de lluvias para evitar el arrastre de sedimentos por escorrentía. Si fuera necesario se realizarán aportes de tierra vegetal extra en
las áreas con peligro de erosión.
5. N
o se permitirán movimientos de tierra que no se encuentren debidamente justificados
ambientalmente, y cuantificados en el proyecto y en el EsIA, en el caso, debiendo ser
replanteados en la visita previa al inicio de las obras y debidamente autorizados en los
distintos informes del plan de vigilancia ambiental de la fase de obras, que deberán
presentarse mensualmente. El suelo nunca podrá perder su condición de suelo agrícola.
6. L
a tierra vegetal resultante de las excavaciones y movimientos de tierras se almacenará
formando caballones de 1,5 m de altura máxima. Se tomarán las medidas necesarias
para mantener su potencial edáfico hasta su utilización en las tareas de restauración
posteriores.
7. S
e prestará atención a la mortalidad de fauna por atropello u otras actividades asociadas a la obra. Para ello se limitará la velocidad de circulación a 20 km/h en toda el área
de implantación del proyecto, y se colocará cartelería de aviso de presencia de fauna en
la calzada.
8. S
e procederá a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras, al objeto de evitar posibles afecciones a terrenos ajenos al área de ocupación del proyecto.
9. N
o se permitirá la aplicación de herbicidas ni pesticidas en el área de la subestación
quedando los tratamientos a la flora restringido a actuaciones mecánicas, como tratamientos de roza.
Viernes, 17 de diciembre de 2021
59615
D.2. Medidas preventivas y correctoras en la fase de construcción.
1. S
e notificará a la DGS el inicio de las obras con una antelación mínima de un mes, junto
con la solicitud de visita previa para ver las condiciones ambientales de la parcela antes
del comienzo.
2. L
a ejecución de las obras se realizará preferentemente en periodo diurno, al objeto de
evitar molestias a la población y a la fauna por la generación de ruidos.
3. S
e evitará, en la medida de lo posible, que los desbroces (nunca decapado) se realicen
durante las épocas de reproducción de la mayoría de las especies faunísticas (que suele
ser entre finales de invierno y mediados del verano, febrero a julio, aproximadamente).
Si no fuera así, se realizará antes de la ejecución de los desbroces una inspección de
campo para la localización de nidos o lugares de concentración de animales que pudieran ser eliminados de forma directa.
4. S
e evitará realizar los trabajos en periodos de lluvias para evitar el arrastre de sedimentos por escorrentía. Si fuera necesario se realizarán aportes de tierra vegetal extra en
las áreas con peligro de erosión.
5. N
o se permitirán movimientos de tierra que no se encuentren debidamente justificados
ambientalmente, y cuantificados en el proyecto y en el EsIA, en el caso, debiendo ser
replanteados en la visita previa al inicio de las obras y debidamente autorizados en los
distintos informes del plan de vigilancia ambiental de la fase de obras, que deberán
presentarse mensualmente. El suelo nunca podrá perder su condición de suelo agrícola.
6. L
a tierra vegetal resultante de las excavaciones y movimientos de tierras se almacenará
formando caballones de 1,5 m de altura máxima. Se tomarán las medidas necesarias
para mantener su potencial edáfico hasta su utilización en las tareas de restauración
posteriores.
7. S
e prestará atención a la mortalidad de fauna por atropello u otras actividades asociadas a la obra. Para ello se limitará la velocidad de circulación a 20 km/h en toda el área
de implantación del proyecto, y se colocará cartelería de aviso de presencia de fauna en
la calzada.
8. S
e procederá a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras, al objeto de evitar posibles afecciones a terrenos ajenos al área de ocupación del proyecto.
9. N
o se permitirá la aplicación de herbicidas ni pesticidas en el área de la subestación
quedando los tratamientos a la flora restringido a actuaciones mecánicas, como tratamientos de roza.