Ministerio De Transportes, Movilidad Y Agenda Urbana. Carreteras. (2021RD0001)
Real Decreto 1094/2021, de 7 de diciembre, sobre cambio de titularidad de un tramo de la carretera del Estado N-630A a favor de la Junta de Extremadura, y consiguiente modificación de la Red de Carreteras del Estado.
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NÚMERO 241
Viernes, 17 de diciembre de 2021
59476
ACUERDO SOBRE EL CAMBIO DE TITULARIDAD DE UN TRAMO
DE LA CARRETERA NACIONAL N-630A A FAVOR DE LA JUNTA DE
EXTREMADURA.
Madrid, 25 de octubre de 2021.
REUNIDOS
De una parte, D.ª RAQUEL SÁNCHEZ JIMÉNEZ, Ministra de Transportes Movilidad y Agenda
Urbana, que actúa en ejercicio de su cargo, en virtud del Real Decreto 528/2021, de 10 de
julio, por el que se dispone su nombramiento (BOE núm. 165, de 12 de julio), y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE de 2 de octubre) y del artículo 4.1.c) de la Ley
50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno (BOE de 28 de noviembre), así como las competencias conferidas por la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras (BOE de 30 de
septiembre), y conforme al Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Y de otra parte, D.ª LEIRE IGLESIAS SANTIAGO, Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, en virtud de su nombramiento mediante Decreto del Presidente 22/2019, de 1 de julio (DOE núm. 126, de 2 de julio), de conformidad con el Decreto del
Presidente 39/2019, de 25 de julio, por el que se delega en la persona titular de la Consejería
de Movilidad, Transporte y Vivienda la firma de los convenios de colaboración con el Estado
que suscriba la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el ámbito de las competencias que
dicho departamento tiene atribuidas (DOE núm. 160, de 20 de agosto), previa autorización
del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el 29 de septiembre de 2021.
Ambas partes declaran, y así se reconocen mutuamente, la capacidad legal suficiente para la
firma de este Acuerdo, y
MANIFIESTAN
Primero. Que el artículo 149.1, 21ª y 24ª, de la Constitución Española, atribuye al Estado
la competencia sobre el régimen general de comunicaciones y sobre las obras públicas de
interés general.
Por su parte, el artículo 4.4. de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, establece que la Red de Carreteras del Estado está constituida por las carreteras integradas en un
itinerario de interés general o cuya función en el sistema de transporte afecte a más de una
Comunidad Autónoma.
Viernes, 17 de diciembre de 2021
59476
ACUERDO SOBRE EL CAMBIO DE TITULARIDAD DE UN TRAMO
DE LA CARRETERA NACIONAL N-630A A FAVOR DE LA JUNTA DE
EXTREMADURA.
Madrid, 25 de octubre de 2021.
REUNIDOS
De una parte, D.ª RAQUEL SÁNCHEZ JIMÉNEZ, Ministra de Transportes Movilidad y Agenda
Urbana, que actúa en ejercicio de su cargo, en virtud del Real Decreto 528/2021, de 10 de
julio, por el que se dispone su nombramiento (BOE núm. 165, de 12 de julio), y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE de 2 de octubre) y del artículo 4.1.c) de la Ley
50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno (BOE de 28 de noviembre), así como las competencias conferidas por la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras (BOE de 30 de
septiembre), y conforme al Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Y de otra parte, D.ª LEIRE IGLESIAS SANTIAGO, Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, en virtud de su nombramiento mediante Decreto del Presidente 22/2019, de 1 de julio (DOE núm. 126, de 2 de julio), de conformidad con el Decreto del
Presidente 39/2019, de 25 de julio, por el que se delega en la persona titular de la Consejería
de Movilidad, Transporte y Vivienda la firma de los convenios de colaboración con el Estado
que suscriba la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el ámbito de las competencias que
dicho departamento tiene atribuidas (DOE núm. 160, de 20 de agosto), previa autorización
del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el 29 de septiembre de 2021.
Ambas partes declaran, y así se reconocen mutuamente, la capacidad legal suficiente para la
firma de este Acuerdo, y
MANIFIESTAN
Primero. Que el artículo 149.1, 21ª y 24ª, de la Constitución Española, atribuye al Estado
la competencia sobre el régimen general de comunicaciones y sobre las obras públicas de
interés general.
Por su parte, el artículo 4.4. de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, establece que la Red de Carreteras del Estado está constituida por las carreteras integradas en un
itinerario de interés general o cuya función en el sistema de transporte afecte a más de una
Comunidad Autónoma.