Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2021063854)
Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de 2022 de subvenciones destinadas a financiar planes de formación dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 240
Jueves, 16 de diciembre de 2021
59409
favorable de concesión de la subvención, así como en el momento en que se vaya a
proceder al pago de la subvención concedida.
2. N
o podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones las entidades en
quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo
12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
3. T
ampoco podrán acceder a la condición de beneficiarias de las subvenciones las entidades
a las que se haya impuesto, mediante resolución firme, una sanción por infracción grave
y/o muy grave en materia de formación profesional para el empleo, que conlleve la sanción
accesoria de exclusión del acceso a subvenciones y ayudas, de acuerdo con lo establecido
en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado
por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
4. Con arreglo a lo previsto en el artículo 12.7 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, la justificación por las entidades solicitantes del cumplimiento de los requisitos para acceder a
la condición de beneficiarias a que hacen mención los apartados anteriores, se realizará
mediante una declaración responsable dirigida al órgano concedente de las subvenciones y
que se incluirá en el modelo de solicitud.
Cuarto. Financiación.
1. El importe total de la convocatoria asciende a 219.200,00 euros, con cargo a los créditos
del ejercicio 2022 autorizados en la aplicación presupuestaria 130080000G/242B/48900,
en el proyecto de gastos 20210476 “Acc. formación. Negociación colectiva y DS”, con fuente de financiación de transferencias del Estado, con el siguiente desglose por tipo de planes
de formación:
a) 80 por ciento para las subvenciones destinadas a la financiación de los planes de formación previstos en el artículo 4.1 a) de la Orden de 16 de noviembre de 2021, compuestos por actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las
funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura: 175.360,00 euros.
b) 20 por ciento para las subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación
previstos en el artículo 4.1 b) de la Orden de 16 de noviembre de 2021, compuestos
por actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las funciones
relacionadas con la negociación colectiva en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Extremadura: 43.840,00 euros.
Jueves, 16 de diciembre de 2021
59409
favorable de concesión de la subvención, así como en el momento en que se vaya a
proceder al pago de la subvención concedida.
2. N
o podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones las entidades en
quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo
12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
3. T
ampoco podrán acceder a la condición de beneficiarias de las subvenciones las entidades
a las que se haya impuesto, mediante resolución firme, una sanción por infracción grave
y/o muy grave en materia de formación profesional para el empleo, que conlleve la sanción
accesoria de exclusión del acceso a subvenciones y ayudas, de acuerdo con lo establecido
en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado
por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
4. Con arreglo a lo previsto en el artículo 12.7 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, la justificación por las entidades solicitantes del cumplimiento de los requisitos para acceder a
la condición de beneficiarias a que hacen mención los apartados anteriores, se realizará
mediante una declaración responsable dirigida al órgano concedente de las subvenciones y
que se incluirá en el modelo de solicitud.
Cuarto. Financiación.
1. El importe total de la convocatoria asciende a 219.200,00 euros, con cargo a los créditos
del ejercicio 2022 autorizados en la aplicación presupuestaria 130080000G/242B/48900,
en el proyecto de gastos 20210476 “Acc. formación. Negociación colectiva y DS”, con fuente de financiación de transferencias del Estado, con el siguiente desglose por tipo de planes
de formación:
a) 80 por ciento para las subvenciones destinadas a la financiación de los planes de formación previstos en el artículo 4.1 a) de la Orden de 16 de noviembre de 2021, compuestos por actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las
funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura: 175.360,00 euros.
b) 20 por ciento para las subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación
previstos en el artículo 4.1 b) de la Orden de 16 de noviembre de 2021, compuestos
por actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las funciones
relacionadas con la negociación colectiva en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Extremadura: 43.840,00 euros.