Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021063791)
Resolución de 22 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para una explotación porcina en régimen intensivo promovido por SAT n.º 7495 Los Hornos, en el término municipal de La Parra.
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NÚMERO 240
Jueves, 16 de diciembre de 2021

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RESOLUCIÓN de 22 de noviembre de 2021, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para
una explotación porcina en régimen intensivo promovido por SAT n.º 7495
Los Hornos, en el término municipal de La Parra. (2021063791)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 16 de junio de 2015 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU), cuya documentación se
completó con fecha 21 de mayo de 2018, para la legalización y ampliación de una explotación
porcina en régimen intensivo ubicada en el término municipal de La Parra y promovida por
SAT n.º 7495, Los Hornos, con NIF XXXX518K.
Segundo. El proyecto consiste en la legalización y ampliación de una explotación porcina de
cría y cebo en régimen intensivo para 200 reproductoras y 500 plazas de cebo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.2. del
anexo II.
La explotación porcina desarrollará su actividad en las parcelas 14, 15 y 18 del polígono 8 del
término municipal de La Parra (Badajoz), la superficie de la finca es de 5,12 hectáreas.
Tercero. La instalación cuenta con Resolución de impacto ambiental de fecha 12 de abril
de 2019 (Expte: IA 18/0677). El cual se incluye íntegramente en el anexo III de la presente
resolución.
Cuarto. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 22 del Decreto 81/2011, de 20 de
mayo, fue remitida con fecha 6 de octubre de 2015, copia de la solicitud de AAU al Ayuntamiento de La Parra, para que en un plazo de diez días manifestara si la consideraba suficiente
o, en caso contrario, indicara las faltas que fueran preciso subsanar.
Quinto. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 57.4 de la Ley 5/2010, de 23 de
junio, y en el artículo 23 del Decreto 81/2011, de 20 de mayo, la solicitud de AAU fue sometida al trámite de información pública, mediante anuncio de 11 de noviembre de 2015 que se
publicó en el DOE n.º 13, de 21 de enero de 2016. Dentro del periodo de información pública
no se han recibido alegaciones.
Sexto. Mediante escrito de 27 de octubre de 2015, la entonces Dirección General de Medio
Ambiente solicitó al Ayuntamiento de La Parra que promoviera la participación real y efectiva
de las personas interesadas en el procedimiento de concesión de esta AAU mediante notificación por escrito a las mismas y, en su caso, recepción de las correspondientes alegaciones.