Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021063786)
Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Fuentes de León para la creación de una Escuela Infantil.
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NÚMERO 240

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Jueves, 16 de diciembre de 2021

de Infantil, así como impulsar la colaboración con los centros de la provincia que imparten el
primer ciclo de la Educación Infantil. En ese sentido se dará el soporte necesario para que el
centro elabore los documentos institucionales y, sobre todo, la propuesta pedagógica establecida y desarrollada en los artículos 5 y 6 de la Orden de 16 de mayo de 2008, por la que se
establecen determinados aspectos relativos a la ordenación e implantación de las enseñanzas
de Educación Infantil.
Séptima. Seguimiento, vigilancia y control.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 148.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo,
de Educación, la inspección educativa se extenderá sobre todos los elementos y aspectos del
sistema educativo, a fin de asegurar el cumplimento de las leyes, la garantía de los derechos
y la observancia de los deberes de cuantos participan en los procesos de enseñanza y aprendizaje, la mejora del sistema educativo y la calidad y equidad de la enseñanza, debiendo el
Ayuntamiento gestor facilitar las actuaciones necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en el mismo.
Octava. Vigencia y extinción del convenio.
El presente convenio producirá efectos desde la fecha de su firma, prorrogándose por cursos
académicos completos salvo denuncia expresa de alguna de las partes, que deberá formularse con una antelación de dos meses respecto de la finalización del curso de que se trate.
En cualquier caso, este convenio quedará sin efecto en caso de incumplirse por cualquiera de
las partes las estipulaciones pactadas o por incurrir en cualquiera de las causas de resolución
establecidas en el artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
Novena. Régimen jurídico.
Este convenio tiene carácter administrativo y, en consecuencia, su interpretación, cumplimiento y ejecución, en caso de discrepancia, una vez agotada la vía administrativa, corresponde
a la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
Y en prueba de conformidad, las partes firman y rubrican el presente documento por triplicado
en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

La Consejera de Educación y Empleo,

El Alcalde-Presidente,

MARÍA ESTHER GUTIÉRREZ MORÁN

FRANCISCO DE ASÍS MARTÍNEZ
FERMOSELLE