Consejería De Educación Y Empleo. Formación Del Profesorado. (2021050206)
Orden de 3 de diciembre de 2021 por la que se aprueba el Plan Regional de Formación Permanente del Profesorado de la Comunidad Autónoma de Extremadura correspondiente al curso 2021-2022.
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NÚMERO 240
Jueves, 16 de diciembre de 2021

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reflexionar sobre ellas. El PEL está estrechamente relacionado con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas: aprendizaje, enseñanza, evaluación (MCERL).
La Orden de 11 de octubre de 2016, DOE n.º 204, de 24 de octubre, es de carácter
general, no habrá convocatorias, por lo que los centros podrán solicitar un proyecto
Porfolio en la segunda quincena de cada mes de enero de cada curso escolar.
En su periodo de desarrollo, el proyecto se irá ampliando cada curso escolar, introduciéndolo en el aula como una herramienta interdisciplinar más, desde todas las áreas,
materias o módulos, para la evaluación y desarrollo de la enseñanza/aprendizaje de la
competencia en comunicación lingüística.
Esta herramienta debe incluirse en las programaciones didácticas, así como formar
parte del Currículum Integrado de las Lenguas de forma transversal y, por lo tanto, del
Proyecto Lingüístico de Centro, asumiéndola como una línea esencial del Proyecto Educativo de Centro.
— Resolución por la que se convocan ayudas para la participación en actividades de formación del profesorado.
La última convocatoria se ha publicado mediante la Resolución de 18 de mayo de 2021
de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, DOE n.º. 109, de 9 de junio. Su marco regulador es el Decreto 192/2012, de 21 de septiembre, DOE núm. 188,
de 27 de septiembre, modificado por Decreto 253/2014, de 18 de noviembre, DOE n.º.
226, de 24 de noviembre.
Esta resolución, pretendiendo que el personal docente beneficiario cuente con financiación en la realización de actividades de formación permanente de interés educativo,
opta por el sistema de prorrateo, previsto como recurso excepcional en el artículo 22.1
de la Ley 6/2011, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Constituye el objeto de esta convocatoria fomentar e impulsar, en los docentes que
ejercen en niveles anteriores a la Universidad, iniciativas hacia su propia formación,
a través de la realización de actividades formativas de interés educativo, que elijan
libremente.
Las ayudas se conceden para atender a los gastos ocasionados por la matriculación y/o
adquisición de material didáctico, con ocasión de la participación del profesorado beneficiario en actividades de formación permanente de interés educativo.