Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2021063752)
Resolución de 3 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo del Ayuntamiento de Valdelacalzada.
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NÚMERO 238
Martes, 14 de diciembre de 2021
58716
PREÁMBULO
El presente Convenio tiene su base Jurídica en el R.D. Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
y el R.D. Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del
Estatuto de los Trabajadores, así como en la legislación que sobre Negociación Colectiva es
de aplicación, y regula la totalidad de las relaciones y condiciones de trabajo, sociales, profesionales, sindicales, económicas y de cualquier otra naturaleza del Personal Laboral del Ayuntamiento de Valdelacalzada y sus Organismos Autónomos, sin perjuicio del Régimen Jurídico
de éstos.
La Ley 5/2015, de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado Público es un paso importante y necesario en un proceso de reforma, previsiblemente largo y complejo, que debe
adaptar la articulación y la gestión del empleo público en la Administración Pública, impulsar
avances organizativos que permitan satisfacer los derechos de los ciudadanos a una buena
Administración, incorporar y mantener en la Administración Pública a los profesionales que
necesita y profundizar en procesos de formación y de promoción profesional de El Personal
Laboral que contribuyan al mejor cumplimiento de sus funciones y responsabilidades.
El Ayuntamiento de Valdelacalzada y las Organizaciones Sindicales representativas en el ámbito de este municipio coinciden en suscribir un CONVENIO, teniendo en cuenta la obligada
aplicación del mencionado Texto Refundido del Estatuto Básico del Empelado Público haga
posible la mejora de las condiciones laborales de todo el personal laboral, aumentando igualmente la calidad de los servicios públicos prestados.
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto.
El presente Convenio tiene como objeto principal la regulación de las relaciones laborales entre el Ayuntamiento de Valdelacalzada y el Personal Laboral a su servicio.
Este Convenio ha sido negociado y se firma por los Representantes de la Corporación Municipal del Ayuntamiento de Valdelacalzada y las Central Sindical Representativa en dicho
Ayuntamiento, CCOO.
Artículo 2. Ámbito personal.
1. Las normas contenidas en el presente Convenio son de aplicación a todo el Personal Laboral
del Ayuntamiento de Valdelacalzada, Sociedades Mercantiles Dependientes, Centro Espe-
Martes, 14 de diciembre de 2021
58716
PREÁMBULO
El presente Convenio tiene su base Jurídica en el R.D. Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
y el R.D. Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del
Estatuto de los Trabajadores, así como en la legislación que sobre Negociación Colectiva es
de aplicación, y regula la totalidad de las relaciones y condiciones de trabajo, sociales, profesionales, sindicales, económicas y de cualquier otra naturaleza del Personal Laboral del Ayuntamiento de Valdelacalzada y sus Organismos Autónomos, sin perjuicio del Régimen Jurídico
de éstos.
La Ley 5/2015, de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado Público es un paso importante y necesario en un proceso de reforma, previsiblemente largo y complejo, que debe
adaptar la articulación y la gestión del empleo público en la Administración Pública, impulsar
avances organizativos que permitan satisfacer los derechos de los ciudadanos a una buena
Administración, incorporar y mantener en la Administración Pública a los profesionales que
necesita y profundizar en procesos de formación y de promoción profesional de El Personal
Laboral que contribuyan al mejor cumplimiento de sus funciones y responsabilidades.
El Ayuntamiento de Valdelacalzada y las Organizaciones Sindicales representativas en el ámbito de este municipio coinciden en suscribir un CONVENIO, teniendo en cuenta la obligada
aplicación del mencionado Texto Refundido del Estatuto Básico del Empelado Público haga
posible la mejora de las condiciones laborales de todo el personal laboral, aumentando igualmente la calidad de los servicios públicos prestados.
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto.
El presente Convenio tiene como objeto principal la regulación de las relaciones laborales entre el Ayuntamiento de Valdelacalzada y el Personal Laboral a su servicio.
Este Convenio ha sido negociado y se firma por los Representantes de la Corporación Municipal del Ayuntamiento de Valdelacalzada y las Central Sindical Representativa en dicho
Ayuntamiento, CCOO.
Artículo 2. Ámbito personal.
1. Las normas contenidas en el presente Convenio son de aplicación a todo el Personal Laboral
del Ayuntamiento de Valdelacalzada, Sociedades Mercantiles Dependientes, Centro Espe-