Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021063672)
Resolución de 25 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y la Fundación para la Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura (FUNDESALUD), por el que se formaliza una transferencia específica para la planificación, coordinación y gestión durante el año 2021 del Certamen Internacional Docente de Videocine Médico, Salud y Telemedicina" VIDEOMED" 2022.
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NÚMERO 238
Martes, 14 de diciembre de 2021
58658
Segunda. Obligaciones de las partes.
— Corresponde a la Fundación para la formación e Investigación de los Profesionales de la
Salud de Extremadura (FUNDESALUD):
1. D
estinar la transferencia específica a la finalidad y a las actuaciones descritas en la
estipulación primera del convenio de acuerdo con lo recogido en el proyecto incluido
en el anexo del mismo.
2. R
ealizar la justificación del cumplimiento del proyecto y de los gastos y pagos en los
términos previstos en la cláusula tercera.
3. Someterse a las actuaciones de comprobación que pueda efectuar la Consejería de
Sanidad y Servicios Sociales, la Intervención General de la Junta de Extremadura u
otros órganos de control competentes para ello, debiendo aportar cuanta información y documentación le sea requerida.
4. C
onservar durante un plazo de cuatro años, a contar desde la finalización de la vigencia de este convenio, toda la información y documentos justificativos del empleo
de la cantidad transferida.
5. D
evolver las cantidades no destinadas a la finalidad de esta transferencia o no justificadas, de conformidad con la estipulación séptima.
— Corresponde a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales:
1. Transferir el importe de veinte mil euros (20.000 €), de conformidad con lo recogido
en la estipulación tercera.
2. Realizar las actuaciones de comprobación necesarias relacionadas con el desarrollo
de las actuaciones por parte de la “Fundación para la formación e Investigación de
los Profesionales de la Salud de Extremadura” (FUNDESALUD).
Tercera. Forma de pago y justificación de la aportación dineraria.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 1/2021, de 3 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021, la forma
de pago de la presente transferencia específica deberá ajustarse al Plan de Disposición de
Fondos de la Tesorería.
El Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de Disposición de Fondos,
establece en su artículo 3.2. c) que las órdenes de pago se librarán con carácter general tri-
Martes, 14 de diciembre de 2021
58658
Segunda. Obligaciones de las partes.
— Corresponde a la Fundación para la formación e Investigación de los Profesionales de la
Salud de Extremadura (FUNDESALUD):
1. D
estinar la transferencia específica a la finalidad y a las actuaciones descritas en la
estipulación primera del convenio de acuerdo con lo recogido en el proyecto incluido
en el anexo del mismo.
2. R
ealizar la justificación del cumplimiento del proyecto y de los gastos y pagos en los
términos previstos en la cláusula tercera.
3. Someterse a las actuaciones de comprobación que pueda efectuar la Consejería de
Sanidad y Servicios Sociales, la Intervención General de la Junta de Extremadura u
otros órganos de control competentes para ello, debiendo aportar cuanta información y documentación le sea requerida.
4. C
onservar durante un plazo de cuatro años, a contar desde la finalización de la vigencia de este convenio, toda la información y documentos justificativos del empleo
de la cantidad transferida.
5. D
evolver las cantidades no destinadas a la finalidad de esta transferencia o no justificadas, de conformidad con la estipulación séptima.
— Corresponde a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales:
1. Transferir el importe de veinte mil euros (20.000 €), de conformidad con lo recogido
en la estipulación tercera.
2. Realizar las actuaciones de comprobación necesarias relacionadas con el desarrollo
de las actuaciones por parte de la “Fundación para la formación e Investigación de
los Profesionales de la Salud de Extremadura” (FUNDESALUD).
Tercera. Forma de pago y justificación de la aportación dineraria.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 1/2021, de 3 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021, la forma
de pago de la presente transferencia específica deberá ajustarse al Plan de Disposición de
Fondos de la Tesorería.
El Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de Disposición de Fondos,
establece en su artículo 3.2. c) que las órdenes de pago se librarán con carácter general tri-