Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021063756)
Resolución de 26 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para centro de trato de corderos promovido por Antonia María Rodríguez Pérez, en el término municipal de Villanueva del Fresno (Badajoz).
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NÚMERO 236
Viernes 10 de diciembre de 2021

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La actividad ganadera también podría tener efectos sobre el cambio climático derivados
de las emisiones gases producidas durante el estabulamiento de los animales y
almacenamiento exterior de sus deyecciones principalmente. Para ello se proponen una
serie de medidas presentes en esta resolución.
N
 o se prevén efectos significativos sobre los recursos y cambio climático siempre y
cuando se adopten las medidas propuestas para ello.
• Medio socioeconómico.
El impacto para este medio es positivo por la generación de empleo y de la actividad
económica. Esto contribuirá a fijar población en el entorno de la instalación, que en
Extremadura tiene una importancia vital. En cuanto a la actividad económica se verá
beneficiada por la recaudación de impuestos (Impuesto sobre los Bienes Inmuebles,
Impuesto sobre la Actividad Económica, Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones
y Obras). La población se verá beneficiada por la creación de empleo y la mejora de
la economía, lo que contribuirá a asentar la propia población e incrementará la renta
media.
• Sinergias.
N
 o se presentas sinergias en la documentación aportada.
• Vulnerabilidad del proyecto.
El promotor incluye “Análisis de Vulnerabilidad del Proyecto” en el documento ambiental,
de conformidad con lo estipulado en la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que
se modifica la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, conforme a
las premisas y directrices de la Instrucción 2/2020, dictada por la Dirección General
de Sostenibilidad, sobre el análisis de la vulnerabilidad de los proyectos sometidos a
evaluación de impacto ambiental ante accidentes graves o catástrofes, sobre el riesgo de
que se produzcan dichos accidentes o catástrofes y sobre los probables efectos adversos
significativos sobre el medio ambiente en caso de ocurrencia de los mismos. El promotor
manifiesta en el mismo que no existen riesgos de vulnerabilidad ante accidentes graves
o catástrofes.
E
 n conclusión, se trata de una actividad que no tiene efectos adversos significativos
sobre el medio ambiente, siempre que se apliquen las medidas recogidas en el
apartado 4 “Condiciones y medidas para prevenir y corregir los efectos adversos sobre
el medioambiente”. Igualmente, el proyecto no afecta a espacios de la Red Natura
2000. Por ello, del análisis técnico se concluye que no es preciso someter el proyecto a
evaluación de impacto ambiental ordinaria.