Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2021063750)
Resolución de 23 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el fomento del empleo de las personas en situación de exclusión social a través de empresas de inserción de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente a los ejercicios 2021-2022.
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NÚMERO 236
Viernes 10 de diciembre de 2021
58292
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Asimismo,
serán objeto de publicidad en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación
Ciudadana, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de
mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
conforme a lo establecido en el artículo 20.8 b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
Octavo. Financiación.
1. El importe total de la presente convocatoria asciende a la cuantía de 475.000,00 euros,
que será financiada con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000/G/242A/47000/
CAG0000001/20150092, con el siguiente desglose por programas y anualidades:
a) Programas I, II y III: (CONVO/2021/0000007955)
— Ejercicio 2021: 75.000,00 euros.
— Ejercicio 2022. 375.000,00 euros.
b) Programa IV: (CONVO/2021/0000007969)
— Ejercicio 2021: 10.000,00 euros.
— Ejercicio 2022. 15.000,00 euros.
2. De conformidad con en el artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las cuantías previstas en el apartado anterior
para el periodo de vigencia de la convocatoria podrán aumentarse en función de las
disponibilidades presupuestarias.
De producirse el agotamiento del crédito presupuestario y no procederse a efectuar
las modificaciones de crédito correspondientes o no existir nuevas disponibilidades
presupuestarias, se declarará terminado el periodo de vigencia de la convocatoria mediante
resolución de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Empleo, que será
objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones,
con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
Noveno. Protección de datos personales
1. Todas las actividades del tratamiento de los datos personales de las personas físicas que
se derivan de la gestión de estas ayudas y subvenciones se llevarán a cabo de conformidad
con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo,
Viernes 10 de diciembre de 2021
58292
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Asimismo,
serán objeto de publicidad en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación
Ciudadana, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de
mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
conforme a lo establecido en el artículo 20.8 b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
Octavo. Financiación.
1. El importe total de la presente convocatoria asciende a la cuantía de 475.000,00 euros,
que será financiada con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000/G/242A/47000/
CAG0000001/20150092, con el siguiente desglose por programas y anualidades:
a) Programas I, II y III: (CONVO/2021/0000007955)
— Ejercicio 2021: 75.000,00 euros.
— Ejercicio 2022. 375.000,00 euros.
b) Programa IV: (CONVO/2021/0000007969)
— Ejercicio 2021: 10.000,00 euros.
— Ejercicio 2022. 15.000,00 euros.
2. De conformidad con en el artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las cuantías previstas en el apartado anterior
para el periodo de vigencia de la convocatoria podrán aumentarse en función de las
disponibilidades presupuestarias.
De producirse el agotamiento del crédito presupuestario y no procederse a efectuar
las modificaciones de crédito correspondientes o no existir nuevas disponibilidades
presupuestarias, se declarará terminado el periodo de vigencia de la convocatoria mediante
resolución de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Empleo, que será
objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones,
con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
Noveno. Protección de datos personales
1. Todas las actividades del tratamiento de los datos personales de las personas físicas que
se derivan de la gestión de estas ayudas y subvenciones se llevarán a cabo de conformidad
con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo,