Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2021063750)
Resolución de 23 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el fomento del empleo de las personas en situación de exclusión social a través de empresas de inserción de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente a los ejercicios 2021-2022.
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NÚMERO 236
Viernes 10 de diciembre de 2021
58313
DECLARACIÓN DE LA ENTIDAD
La representación legal de la entidad que suscribe la presente solicitud, DECLARA que ACEPTA la subvención que,
una vez instruido el procedimiento, le pueda ser concedida y las obligaciones que de ello se deriven, y en especial
las siguientes:
1. Mantener las contrataciones objeto de subvención durante el periodo mínimo que establece el decreto regulador de la subvención.
2. Informar a las personas cuyo contrato sea objeto de subvención de dicha circunstancia. Así como, si existiera, se deberá informar también a la representación legal de las personas trabajadoras en la empresa
beneficiaria.
3. Comunicar, en cualquier momento de la vigencia del expediente, otras ayudas públicas o privadas que hubiera
obtenido o solicitado para el mismo proyecto, con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
4. Facilitar cuantos datos e información, en cuestiones relacionadas con las subvenciones solicitadas o concedidas, les sean requeridos por el Servicio Extremeño Público de Empleo, así como comunicar al mismo las
incidencias y variaciones que se produzcan en relación con aquéllas.
5. Someterse a las actuaciones de comprobación que puedan acordar los órganos de control competentes del
Servicio Extremeño Público de Empleo o, en su caso, de la Consejería competente en materia de empleo, y
atender a los requerimientos de documentación que le sean practicados en el ejercicio de esas actuaciones
de comprobación, así como, en general, de cuantos datos e información, en cuestiones relacionadas con las
subvenciones solicitadas o concedidas.
6. Mantener un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado en relación con todas las
transacciones realizadas con la operación a fin de garantizar la adecuada justificación de la subvención, todo
ello sin perjuicio de las normas de contabilidad nacional
7. Adoptar las normas de información y publicidad que le sean de aplicación, establecidas en la Comunidad
autónoma de Extremadura.
8. Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, las entidades beneficiarias habrán de cumplir los requisitos y
condiciones establecidos con carácter general por la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Viernes 10 de diciembre de 2021
58313
DECLARACIÓN DE LA ENTIDAD
La representación legal de la entidad que suscribe la presente solicitud, DECLARA que ACEPTA la subvención que,
una vez instruido el procedimiento, le pueda ser concedida y las obligaciones que de ello se deriven, y en especial
las siguientes:
1. Mantener las contrataciones objeto de subvención durante el periodo mínimo que establece el decreto regulador de la subvención.
2. Informar a las personas cuyo contrato sea objeto de subvención de dicha circunstancia. Así como, si existiera, se deberá informar también a la representación legal de las personas trabajadoras en la empresa
beneficiaria.
3. Comunicar, en cualquier momento de la vigencia del expediente, otras ayudas públicas o privadas que hubiera
obtenido o solicitado para el mismo proyecto, con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
4. Facilitar cuantos datos e información, en cuestiones relacionadas con las subvenciones solicitadas o concedidas, les sean requeridos por el Servicio Extremeño Público de Empleo, así como comunicar al mismo las
incidencias y variaciones que se produzcan en relación con aquéllas.
5. Someterse a las actuaciones de comprobación que puedan acordar los órganos de control competentes del
Servicio Extremeño Público de Empleo o, en su caso, de la Consejería competente en materia de empleo, y
atender a los requerimientos de documentación que le sean practicados en el ejercicio de esas actuaciones
de comprobación, así como, en general, de cuantos datos e información, en cuestiones relacionadas con las
subvenciones solicitadas o concedidas.
6. Mantener un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado en relación con todas las
transacciones realizadas con la operación a fin de garantizar la adecuada justificación de la subvención, todo
ello sin perjuicio de las normas de contabilidad nacional
7. Adoptar las normas de información y publicidad que le sean de aplicación, establecidas en la Comunidad
autónoma de Extremadura.
8. Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, las entidades beneficiarias habrán de cumplir los requisitos y
condiciones establecidos con carácter general por la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.