Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2021063750)
Resolución de 23 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el fomento del empleo de las personas en situación de exclusión social a través de empresas de inserción de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente a los ejercicios 2021-2022.
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NÚMERO 236
Viernes 10 de diciembre de 2021

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g) Informe original expedido por la Tesorería de la Seguridad Social, relativo a la vida laboral
de la entidad solicitante de la ayuda desde los doce meses anteriores a la contratación por
la que se solicita subvención, de todos los códigos de cuenta cotización de la entidad en
Extremadura en el caso en que la entidad se oponga a su consulta, marcando la casilla
correspondiente en el anexo I de la solicitud.
h) M
 emoria firmada por el/la representante legal de la entidad solicitante, según se recoge
en el anexo III.
i) Copia del informe de los servicios sociales competentes en el que se reconozca la situación
de exclusión social de cada una de las personas por las que se solicita subvención.
j) Copia del informe del organismo competente para el caso en que las personas por las que
se solicita la subvención procedan de un expediente de regulación de empleo.
2. Para cada uno de los meses de solicitud de subvención del Programa I, y en el plazo de dos
meses a contar desde la finalización del periodo que se subvenciona, deberá presentarse el
anexo VI debidamente cumplimentado acompañado de la siguiente documentación:
a) Anexo I. Modelo de solicitud normalizado y debidamente cumplimentado en todos sus
términos (incluido el documento de alta en el subsistema de terceros de la Junta de
Extremadura en el caso de no estar dado de alta, o cuando se quiera modificar el mismo)
y firmado por la persona que ejerza de representante legal de la entidad solicitante.
b) 
Copias de las nóminas correspondientes al periodo del programa subvencionado,
debidamente firmadas por las personas trabajadoras y la empresa, cuyos contratos
hayan sido objeto de subvención.
c) Copias de los justificantes bancarios del abono de las nóminas, por la entidad, a las
personas trabajadoras objeto de subvención. En el justificante deberán constar, los
siguientes datos: el titular de la cuenta, número de cuenta de origen y destino, importe,
fecha de pago, beneficiario de la operación y concepto. No se admitirán, en ningún caso,
pagos en metálico.
d) Copias de los documentos de cotización a la Seguridad Social en el código de cuenta
cotización referidos a los trabajadores/as objeto de subvención:


1º) Modelos de documentos (RLC) del periodo del programa subvencionado, así como
copias de sus correspondientes justificantes de pago.



2º) Modelos de documentos (RNT) del periodo del programa subvencionado.