Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Saneamiento Ganadero. Subvenciones. (2021063805)
Extracto de la Resolución de 24 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas a la repoblación en explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino de la Comunidad Autónoma de Extremadura, objeto de vaciado sanitario, correspondientes al ejercicio 2022.
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NÚMERO 236
Viernes 10 de diciembre de 2021
58096
EXTRACTO de la Resolución de 24 de noviembre de 2021, de la Secretaría
General, por la que se convocan las ayudas a la repoblación en explotaciones de
ganado bovino, ovino y caprino de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
objeto de vaciado sanitario, correspondientes al ejercicio 2022. (2021063805)
BDNS(Identif.): 598190
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto
de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones http://www.infosubvenciones.gob.es y en el presente DOE.
Primero. Convocatoria y objeto.
Ayudas a la repoblación en explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino, que hayan sido
objeto de un vaciado sanitario en el marco de los programas nacionales de lucha, control o
erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina, lengua
azul o encefalopatías espongiformes transmisibles, viniendo a completar lo dispuesto en el
Real Decreto 82/2015, de 13 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras para
la concesión de las subvenciones para la repoblación de la explotación en caso de vaciado
sanitario en el marco de los programas nacionales de lucha, control o erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina, lengua azul y encefalopatías
espongiformes transmisibles.
Segundo. Personas beneficiarias.
Serán beneficiarias/os, las/os titulares de las explotaciones de ganado bovino, ovino o caprino
ubicadas con carácter fijo (no temporal) en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y sobre las que la autoridad competente en materia de sanidad animal de la Junta
de Extremadura hubiera aprobado la realización de un vaciado sanitario con motivo de la confirmación de la presencia de una de las enfermedades incluidas en los programas sanitarios
citados en el apartado segundo de esta convocatoria coincidentes con los del artículo 1 del
Decreto 6/2018, que implique el sacrificio obligatorio de todos los animales de la explotación
ganadera, y respetando en todo momento los periodos de cuarentena legalmente establecidos, así como los requisitos y demás obligaciones recogidos en dicho Decreto 6/2018.
También serán beneficiarios los titulares de las explotaciones de ganado bovino, ovino o caprino ubicadas con carácter fijo (no temporal) en el territorio de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, sobre las que la autoridad competente en materia de sanidad animal de la Junta
de Extremadura hubiera aprobado la realización de un vaciado sanitario y la repoblación tenga
Viernes 10 de diciembre de 2021
58096
EXTRACTO de la Resolución de 24 de noviembre de 2021, de la Secretaría
General, por la que se convocan las ayudas a la repoblación en explotaciones de
ganado bovino, ovino y caprino de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
objeto de vaciado sanitario, correspondientes al ejercicio 2022. (2021063805)
BDNS(Identif.): 598190
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto
de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones http://www.infosubvenciones.gob.es y en el presente DOE.
Primero. Convocatoria y objeto.
Ayudas a la repoblación en explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino, que hayan sido
objeto de un vaciado sanitario en el marco de los programas nacionales de lucha, control o
erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina, lengua
azul o encefalopatías espongiformes transmisibles, viniendo a completar lo dispuesto en el
Real Decreto 82/2015, de 13 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras para
la concesión de las subvenciones para la repoblación de la explotación en caso de vaciado
sanitario en el marco de los programas nacionales de lucha, control o erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina, lengua azul y encefalopatías
espongiformes transmisibles.
Segundo. Personas beneficiarias.
Serán beneficiarias/os, las/os titulares de las explotaciones de ganado bovino, ovino o caprino
ubicadas con carácter fijo (no temporal) en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y sobre las que la autoridad competente en materia de sanidad animal de la Junta
de Extremadura hubiera aprobado la realización de un vaciado sanitario con motivo de la confirmación de la presencia de una de las enfermedades incluidas en los programas sanitarios
citados en el apartado segundo de esta convocatoria coincidentes con los del artículo 1 del
Decreto 6/2018, que implique el sacrificio obligatorio de todos los animales de la explotación
ganadera, y respetando en todo momento los periodos de cuarentena legalmente establecidos, así como los requisitos y demás obligaciones recogidos en dicho Decreto 6/2018.
También serán beneficiarios los titulares de las explotaciones de ganado bovino, ovino o caprino ubicadas con carácter fijo (no temporal) en el territorio de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, sobre las que la autoridad competente en materia de sanidad animal de la Junta
de Extremadura hubiera aprobado la realización de un vaciado sanitario y la repoblación tenga