Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021063717)
Resolución de 26 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Transformación a regadío de cultivos de olivar y frutales en una superficie de 22,2081 hectáreas en la finca Cabezarrubia", en el término municipal de Talarrubias (Badajoz). Expte.: IA18/0349.
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NÚMERO 235
Jueves 9 de diciembre de 2021
57995
riego deberán cumplir, antes de su incorporación a acuíferos o cauces, las normas de
calidad ambiental y normativa asociada al medio receptor.
C.2.3 Geología y suelo.
Los impactos identificados como más relevantes son los debidos a los movimientos
de tierra necesarios para la preparación del terreno y establecimiento de los cultivos
(nivelación, laboreos, etc.). También se identifican los posibles impactos como consecuencia de vertidos accidentales de la maquinaria y el aporte de nutrientes mediante
fertilizaciones en los nuevos cultivos.
Al tratarse la zona de actuación de una zona relativamente llana, con pendientes muy
suaves, la nivelación de los terrenos no supondrá un incremento del riesgo de aparición
de fenómenos erosivos, más allá de los correspondientes a la desaparición de la cubierta vegetal entre las calles de las nuevas plantaciones, que en todo caso se consideran
asumibles.
Por otro lado, el buen mantenimiento y uso de la maquinaria controlará el riesgo de
posibles vertidos de sustancias contaminantes, así como la aplicación de los protocolos
de calidad de la producción indicados en el EsIA, conducentes a evitar la contaminación
de acuíferos, la salinización de los suelos y su erosión.
C.2.4 Fauna.
En el primer informe emitido por parte del Servicio de Conservación de la Naturaleza
y Áreas Protegidas (CN19/3786/06) se realizaban una serie de consideraciones al respecto de la utilización de zonas dedicadas a cultivos de cereal de secano (como lo era
la zona de actuación) como potencialmente óptimas para ser utilizadas como zonas de
campeo y cazadero de rapaces forestales, así como zonas de reproducción para especies de aves esteparias.
En este sentido, el promotor plantea como medida compensatoria la implantación y/o
mejora de pastizales para ser utilizados como zona de alimento y refugio para la fauna
en parcelas limítrofes a las parcelas afectadas, las cuales no serán cosechadas. Asimismo, en el EsIA se plantea la creación de pasos de fauna en el cerramiento perimetral
de la plantación, con el fin de asegurar el tránsito y conectividad de las especies entre
los diferentes ecosistemas del entorno.
Jueves 9 de diciembre de 2021
57995
riego deberán cumplir, antes de su incorporación a acuíferos o cauces, las normas de
calidad ambiental y normativa asociada al medio receptor.
C.2.3 Geología y suelo.
Los impactos identificados como más relevantes son los debidos a los movimientos
de tierra necesarios para la preparación del terreno y establecimiento de los cultivos
(nivelación, laboreos, etc.). También se identifican los posibles impactos como consecuencia de vertidos accidentales de la maquinaria y el aporte de nutrientes mediante
fertilizaciones en los nuevos cultivos.
Al tratarse la zona de actuación de una zona relativamente llana, con pendientes muy
suaves, la nivelación de los terrenos no supondrá un incremento del riesgo de aparición
de fenómenos erosivos, más allá de los correspondientes a la desaparición de la cubierta vegetal entre las calles de las nuevas plantaciones, que en todo caso se consideran
asumibles.
Por otro lado, el buen mantenimiento y uso de la maquinaria controlará el riesgo de
posibles vertidos de sustancias contaminantes, así como la aplicación de los protocolos
de calidad de la producción indicados en el EsIA, conducentes a evitar la contaminación
de acuíferos, la salinización de los suelos y su erosión.
C.2.4 Fauna.
En el primer informe emitido por parte del Servicio de Conservación de la Naturaleza
y Áreas Protegidas (CN19/3786/06) se realizaban una serie de consideraciones al respecto de la utilización de zonas dedicadas a cultivos de cereal de secano (como lo era
la zona de actuación) como potencialmente óptimas para ser utilizadas como zonas de
campeo y cazadero de rapaces forestales, así como zonas de reproducción para especies de aves esteparias.
En este sentido, el promotor plantea como medida compensatoria la implantación y/o
mejora de pastizales para ser utilizados como zona de alimento y refugio para la fauna
en parcelas limítrofes a las parcelas afectadas, las cuales no serán cosechadas. Asimismo, en el EsIA se plantea la creación de pasos de fauna en el cerramiento perimetral
de la plantación, con el fin de asegurar el tránsito y conectividad de las especies entre
los diferentes ecosistemas del entorno.