Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021063704)
Resolución de 24 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas superficiales del río Guadiana para la transformación en regadío de 109,21 hectáreas y modificación de concesión de aguas superficiales para riego de 143,61 hectáreas en la finca La Moheda", en el término municipal de Villanueva de la Serena (Badajoz). Expte.: IA19/0477.
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NÚMERO 234
Martes 7 de diciembre de 2021
57836
— El proyecto debe ajustarse al límite del Cordel de Esparragosa, dejándolo libre, teniendo
especial cuidado en los puntos cuyas coordenadas se refieren en la imagen:
— Se deberá proceder a la limpieza y retirada periódica de todos los restos o residuos
generados durante la obra, destinándolos a vertederos autorizados. Se tendrá especial
cuidado con los restos de PVC y PE procedentes de la instalación de riego y aceites
empleados en la maquinaria agrícola, no debiendo quedar en los alrededores ningún
tipo de residuo de obra.
Medidas de patrimonio:
— Todas las actividades aquí contempladas se ajustarán a lo establecido al respecto en
el Título III de la Ley 2/99 de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura y en el
Decreto 93/97 Regulador de la Actividad Arqueológica en Extremadura.
— El proyecto de ejecución definitivo deberá incluir el informe con las medidas determinadas
por la Dirección General de Patrimonio Cultural elaboradas a partir de una prospección
arqueológica intensiva. Esta deberá ser llevada a cabo por técnicos especializados
en toda la zona de afección, así como áreas de servidumbres, zonas de paso para
maquinaria, acopios y préstamos para localizar, delimitar y caracterizar los yacimientos
arqueológicos, paleontológicos o elementos etnográficos que pudieran localizarse a
tenor de estos trabajos. La finalidad de estas actuaciones previas será determinar con
el mayor rigor posible la afección del proyecto respecto a los elementos patrimoniales
detectados.
Martes 7 de diciembre de 2021
57836
— El proyecto debe ajustarse al límite del Cordel de Esparragosa, dejándolo libre, teniendo
especial cuidado en los puntos cuyas coordenadas se refieren en la imagen:
— Se deberá proceder a la limpieza y retirada periódica de todos los restos o residuos
generados durante la obra, destinándolos a vertederos autorizados. Se tendrá especial
cuidado con los restos de PVC y PE procedentes de la instalación de riego y aceites
empleados en la maquinaria agrícola, no debiendo quedar en los alrededores ningún
tipo de residuo de obra.
Medidas de patrimonio:
— Todas las actividades aquí contempladas se ajustarán a lo establecido al respecto en
el Título III de la Ley 2/99 de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura y en el
Decreto 93/97 Regulador de la Actividad Arqueológica en Extremadura.
— El proyecto de ejecución definitivo deberá incluir el informe con las medidas determinadas
por la Dirección General de Patrimonio Cultural elaboradas a partir de una prospección
arqueológica intensiva. Esta deberá ser llevada a cabo por técnicos especializados
en toda la zona de afección, así como áreas de servidumbres, zonas de paso para
maquinaria, acopios y préstamos para localizar, delimitar y caracterizar los yacimientos
arqueológicos, paleontológicos o elementos etnográficos que pudieran localizarse a
tenor de estos trabajos. La finalidad de estas actuaciones previas será determinar con
el mayor rigor posible la afección del proyecto respecto a los elementos patrimoniales
detectados.