Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021063577)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, el Servicio Extremeño de Salud y la Sociedad de Responsabilidad Limitada ITEP Formación, SL, para la realización de prácticas de formación profesional de la Rama Sanitaria.
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NÚMERO 234
Martes 7 de diciembre de 2021

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4. E
 l Centro de formación solicitará a los responsables de los centros en los que se pretendan
llevar a cabo las prácticas, la disponibilidad de plazas en los mismos. Asimismo, para cada
curso que solicite prácticas, remitirá la siguiente documentación:
a) Relación nominal de los alumnos que vayan a realizar las prácticas y fechas solicitadas
para los mismos.
b) Anexo cumplimentado, correspondiente a cada uno de los alumnos.
c) Certificación acreditativa del alta de todos los alumnos en el seguro de accidentes y
responsabilidad civil.
5. L
 a Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y el Servicio Extremeño de Salud, se comprometen al cumplimiento de la Programación de actividades formativas que previamente
hayan sido acordada con el Centro de formación, a realizar su seguimiento, a la valoración
del progreso del alumnado y, junto con la persona encargada de la tutoría designada por
el Centro de formación, a la revisión de la programación, si una vez iniciado el período de
prácticas, y a la vista de los resultados, fuese necesario.
6. L
 a Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, el Servicio Extremeño de Salud, así como
el Centro de formación, no podrán cubrir, ni siquiera con carácter de interinidad, ningún
puesto de trabajo de sus plantillas con los alumnos que realicen actividades formativas al
amparo de este Convenio.
7. L
 a relación entre el alumnado en prácticas y el centro sanitario en que se desarrollen no
tendrá en ningún caso carácter laboral, funcionarial o estatutario y no supondrá para la
Consejería de Sanidad y Servicios Sociales ni para el Servicio Extremeño de Salud compromisos económicos u obligaciones distintas de las asumidas en virtud del presente Convenio.
8. ITEP FORMACIÓN adoptará cuantas medidas sean necesarias para eliminar o minimizar los
riesgos a los que pueda quedar sometido el alumnado. A tal efecto, les informará sobre los
riesgos existentes en cada área sanitaria, y las medidas para su prevención, y les exigirá
la utilización de los equipos de protección individual necesarios.
9. A los efectos previstos en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de
Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil y a la Orden SSI/81/2017, de 19 de enero por la que se publica el acuerdo
de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud, por el que se aprueba
el protocolo mediante el que se determinan pautas básicas destinadas a asegurar y proteger el derecho a la intimidad del paciente por los alumnos y residentes en Ciencias de
la Salud, ITEP FORMACIÓN a través del centro docente aportará a la gerencia del centro