Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021063577)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, el Servicio Extremeño de Salud y la Sociedad de Responsabilidad Limitada ITEP Formación, SL, para la realización de prácticas de formación profesional de la Rama Sanitaria.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 234
Martes 7 de diciembre de 2021

57717

Segunda. Contenido y duración de las prácticas. Programa formativo.
Cada incorporación de un alumno o alumna a las prácticas reguladas en el presente Convenio
se acompañará del correspondiente programa formativo conforme al modelo que se recoge
como anexo, en el que se detallarán las condiciones particulares concretas de cada estancia
práctica, atendiendo al correspondiente plan de estudios que corresponda a la titulación.
El Anexo recogerá el contenido concreto de las prácticas así como otros detalles correspondientes a: los datos personales del alumnado seleccionado, el centro, departamento o unidad
en las Áreas de Salud del Servicio Extremeño de Salud donde se desarrollen las practicas, la
persona asignada para realizar la tutoría conjuntamente por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y el Servicio Extremeño de Salud, la persona encargada de la tutoría designada
por el Centro de Formación, las fechas de comienzo y finalización de las prácticas, el horario y
el contenido específico por cada uno de los alumnos y las alumnas participantes, tanto de las
tareas a realizar como las competencias básicas, genéricas y/o específicas que debe adquirir
el estudiante.
Las prácticas tendrán la duración mínima que establezca el plan de estudios correspondiente y
los horarios de realización de las prácticas se establecerán de acuerdo con las características
de las mismas y las disponibilidades de los centros sanitarios. En todo caso, se procurará que
sean compatibles con la actividad formativa, de representación y de participación desarrollada
por el estudiante.
Tercera. Condiciones generales para el desarrollo de las prácticas.
Para el desarrollo de las actividades estipuladas en este Convenio se tendrán en cuenta las
siguientes condiciones:
1. L
 as partes se comprometen a colaborar en la organización, coordinación y realización de
las prácticas, bajo el principio de buena fe y confianza legítima, rigiéndose sus actuaciones
por los principios de cooperación y colaboración.
2. L
 as prácticas reguladas al amparo del presente Convenio se desarrollarán en los edificios e
instalaciones en que se encuentran ubicados los distintos centros sanitarios dependientes
del Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y el Servicio Extremeño de Salud (SES),
quedando condicionada la realización de estas a la disponibilidad de plazas y a la normativa aplicable para la suscripción de Convenios y asignación de plazas para la realización de
prácticas docentes.
3. El número de plazas de prácticas, su duración y su periodicidad se determinarán atendiendo a las necesidades organizativas y la capacidad docente de la que se disponga por cada
centro sanitario.