Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2021063743)
Resolución de 24 de noviembre de 2021, de la Secretaría General del SEXPE , por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento del empleo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 233
Viernes 3 de diciembre de 2021
57646
Sexto. Documentación del Programa II.
La solicitud de las ayudas del Programa II vendrá acompañada de la documentación que se
relaciona a continuación:
1. E
l primer mes de la solicitud, además de la relacionada en el apartado 2 siguiente, deberán
presentarse:
a) En el caso de sociedades civiles, comunidades de bienes o uniones temporales de empresas, anexo II del Programa II, “Declaración expresa y responsable para las sociedades civiles, comunidades de bienes y uniones temporales de empresas”, debidamente
cumplimentado. Será necesaria su aportación cada vez que hubiera modificaciones en
dichas entidades.
b) Copia de la comunicación del/los contrato/s al correspondiente Servicio Público de Empleo de los trabajadores por los que se solicita subvención, si la entidad se opone a la
consulta de oficio de la misma marcando la casilla correspondiente en el anexo I de
solicitud del Programa II.
c) Copia del certificado de discapacidad completo de los trabajadores objeto de las nuevas
contrataciones, o documento acreditativo de tal condición emitido por el órgano competente a los efectos del artículo 4.3 del Texto Refundido de la Ley General de derechos
de las personas con discapacidad y de su inclusión social aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre. No será necesario aportar este documento en
el caso de que el trabajador contratado autorice al órgano gestor a solicitarlos al organismo correspondiente, mediante la firma del anexo V del Programa II “Datos de los
trabajadores contratados en el mes de la solicitud”.
d) Informe original, expedido por la Tesorería de la Seguridad Social, relativo a la vida
laboral de cada trabajador por el que se solicita subvención. No será necesario aportar
este documento en el caso de que el trabajador autorice al órgano gestor a solicitarlos
al organismo correspondiente, mediante la firma del anexo V del Programa II “Datos de
los trabajadores contratados en el mes de la solicitud”, debidamente cumplimentado.
Esta autorización tendrá validez durante toda la vigencia del contrato de dicho trabajador en el Centro Especial de Empleo.
e) D
ocumento de alta en el Subsistema de terceros de la Junta de Extremadura, en el caso
de no estar dado de alta en dicho Subsistema.
2. Para cada uno de los meses de solicitud de subvención:
a) En caso de persona jurídica, en los supuestos de cambio de representación legal, acreditación de la representación legal de la entidad solicitante, mediante poder suficiente,
Viernes 3 de diciembre de 2021
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Sexto. Documentación del Programa II.
La solicitud de las ayudas del Programa II vendrá acompañada de la documentación que se
relaciona a continuación:
1. E
l primer mes de la solicitud, además de la relacionada en el apartado 2 siguiente, deberán
presentarse:
a) En el caso de sociedades civiles, comunidades de bienes o uniones temporales de empresas, anexo II del Programa II, “Declaración expresa y responsable para las sociedades civiles, comunidades de bienes y uniones temporales de empresas”, debidamente
cumplimentado. Será necesaria su aportación cada vez que hubiera modificaciones en
dichas entidades.
b) Copia de la comunicación del/los contrato/s al correspondiente Servicio Público de Empleo de los trabajadores por los que se solicita subvención, si la entidad se opone a la
consulta de oficio de la misma marcando la casilla correspondiente en el anexo I de
solicitud del Programa II.
c) Copia del certificado de discapacidad completo de los trabajadores objeto de las nuevas
contrataciones, o documento acreditativo de tal condición emitido por el órgano competente a los efectos del artículo 4.3 del Texto Refundido de la Ley General de derechos
de las personas con discapacidad y de su inclusión social aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre. No será necesario aportar este documento en
el caso de que el trabajador contratado autorice al órgano gestor a solicitarlos al organismo correspondiente, mediante la firma del anexo V del Programa II “Datos de los
trabajadores contratados en el mes de la solicitud”.
d) Informe original, expedido por la Tesorería de la Seguridad Social, relativo a la vida
laboral de cada trabajador por el que se solicita subvención. No será necesario aportar
este documento en el caso de que el trabajador autorice al órgano gestor a solicitarlos
al organismo correspondiente, mediante la firma del anexo V del Programa II “Datos de
los trabajadores contratados en el mes de la solicitud”, debidamente cumplimentado.
Esta autorización tendrá validez durante toda la vigencia del contrato de dicho trabajador en el Centro Especial de Empleo.
e) D
ocumento de alta en el Subsistema de terceros de la Junta de Extremadura, en el caso
de no estar dado de alta en dicho Subsistema.
2. Para cada uno de los meses de solicitud de subvención:
a) En caso de persona jurídica, en los supuestos de cambio de representación legal, acreditación de la representación legal de la entidad solicitante, mediante poder suficiente,