Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2021063743)
Resolución de 24 de noviembre de 2021, de la Secretaría General del SEXPE , por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento del empleo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 233
Viernes 3 de diciembre de 2021
57644
8. S
i la solicitud no reúne los requisitos establecidos, el órgano competente requerirá al
interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles,
indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución
que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quinto. Documentación del Programa I.
La solicitud de las ayudas del Programa I vendrá acompañada de la documentación que se
relaciona a continuación:
a) Copia del DNI, para el caso en que el solicitante sea una persona física o se trate del representante legal de una persona jurídica y se oponga a que el Servicio Extremeño Público de Empleo consulte de oficio sus datos de identidad personal, marcando la casilla
correspondiente en el anexo I de la solicitud del Programa I. Si el solicitante es persona
jurídica, fotocopia del NIF de la entidad, en el caso de que se oponga a que el Servicio
Extremeño Público de Empleo lo consulte de oficio marcando la casilla mencionada.
b) En caso de persona jurídica, acreditación de la representación legal de la entidad solicitante mediante poder suficiente, en el caso de que la misma se oponga a su obtención
de oficio por parte del Servicio Extremeño Público de Empleo, marcando la casilla correspondiente en el anexo I de solicitud. Cuando la entidad no se oponga a su consulta,
para la comprobación de oficio del documento de representación legal por el órgano
gestor, la entidad deberá indicar el Código Seguro de Verificación (CSV) en el anexo I de
solicitud del Programa I. En caso de no aportar dicho código, la entidad deberá aportar
el documento de representación.
c) Copia de la comunicación del/los contrato/s al correspondiente Servicio Público de Empleo de los trabajadores por los que se solicita subvención, si la entidad se opone a la
consulta de oficio de la misma marcando la casilla correspondiente en el anexo I de
solicitud del Programa I.
d) Informe original, expedido por la Tesorería de la Seguridad Social, relativo a la vida
laboral de cada trabajador contratado. No será necesario aportar este documento en
el caso de que el trabajador contratado autorice al órgano gestor a solicitarlos al organismo correspondiente, mediante la firma del anexo III del Programa I “Datos de los
trabajadores contratados”, debidamente cumplimentado.
e) E
n el caso de sociedades civiles, comunidades de bienes o uniones temporales de empresas, anexo II del Programa I, “Declaración expresa y responsable para las sociedades civiles, comunidades de bienes y uniones temporales de empresas”, debidamente
cumplimentado.
Viernes 3 de diciembre de 2021
57644
8. S
i la solicitud no reúne los requisitos establecidos, el órgano competente requerirá al
interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles,
indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución
que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quinto. Documentación del Programa I.
La solicitud de las ayudas del Programa I vendrá acompañada de la documentación que se
relaciona a continuación:
a) Copia del DNI, para el caso en que el solicitante sea una persona física o se trate del representante legal de una persona jurídica y se oponga a que el Servicio Extremeño Público de Empleo consulte de oficio sus datos de identidad personal, marcando la casilla
correspondiente en el anexo I de la solicitud del Programa I. Si el solicitante es persona
jurídica, fotocopia del NIF de la entidad, en el caso de que se oponga a que el Servicio
Extremeño Público de Empleo lo consulte de oficio marcando la casilla mencionada.
b) En caso de persona jurídica, acreditación de la representación legal de la entidad solicitante mediante poder suficiente, en el caso de que la misma se oponga a su obtención
de oficio por parte del Servicio Extremeño Público de Empleo, marcando la casilla correspondiente en el anexo I de solicitud. Cuando la entidad no se oponga a su consulta,
para la comprobación de oficio del documento de representación legal por el órgano
gestor, la entidad deberá indicar el Código Seguro de Verificación (CSV) en el anexo I de
solicitud del Programa I. En caso de no aportar dicho código, la entidad deberá aportar
el documento de representación.
c) Copia de la comunicación del/los contrato/s al correspondiente Servicio Público de Empleo de los trabajadores por los que se solicita subvención, si la entidad se opone a la
consulta de oficio de la misma marcando la casilla correspondiente en el anexo I de
solicitud del Programa I.
d) Informe original, expedido por la Tesorería de la Seguridad Social, relativo a la vida
laboral de cada trabajador contratado. No será necesario aportar este documento en
el caso de que el trabajador contratado autorice al órgano gestor a solicitarlos al organismo correspondiente, mediante la firma del anexo III del Programa I “Datos de los
trabajadores contratados”, debidamente cumplimentado.
e) E
n el caso de sociedades civiles, comunidades de bienes o uniones temporales de empresas, anexo II del Programa I, “Declaración expresa y responsable para las sociedades civiles, comunidades de bienes y uniones temporales de empresas”, debidamente
cumplimentado.