Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021063563)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros y la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda, para el desarrollo de un Plan Director en la Bazana.
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NÚMERO 233
57551
Viernes 3 de diciembre de 2021
3. L
a extinción del presente convenio dará lugar a la liquidación del mismo con el objeto de
determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las partes, para lo que se estará
a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público,
4. N
o obstante lo anterior, si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existan actuaciones en curso de ejecución, las partes a propuesta de la Comisión de
Seguimiento del convenio, podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones
en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mimas en los términos
establecidos en los apartados anteriores.
Duodécima. Naturaleza y jurisdicción.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se suscribe de conformidad con el título
Preliminar, Capítulo VI, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, quedando excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público. No obstante, los principios de dicho texto serán de aplicación
para resolver las dudas y lagunas que puedan plantearse.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las controversias que puedan surgir entre las partes, a propósito de la interpretación, aplicación y
cumplimiento del presente Convenio, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de
Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo expuesto, las partes firman el presente Convenio.
La Consejera de Movilidad,
Transporte y Vivienda
La Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento
de Jerez de los Caballeros
LEIRE IGLESIAS SANTIAGO
VIRGINIA BORRALLO RUBIO
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57551
Viernes 3 de diciembre de 2021
3. L
a extinción del presente convenio dará lugar a la liquidación del mismo con el objeto de
determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las partes, para lo que se estará
a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público,
4. N
o obstante lo anterior, si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existan actuaciones en curso de ejecución, las partes a propuesta de la Comisión de
Seguimiento del convenio, podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones
en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mimas en los términos
establecidos en los apartados anteriores.
Duodécima. Naturaleza y jurisdicción.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se suscribe de conformidad con el título
Preliminar, Capítulo VI, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, quedando excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público. No obstante, los principios de dicho texto serán de aplicación
para resolver las dudas y lagunas que puedan plantearse.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las controversias que puedan surgir entre las partes, a propósito de la interpretación, aplicación y
cumplimiento del presente Convenio, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de
Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo expuesto, las partes firman el presente Convenio.
La Consejera de Movilidad,
Transporte y Vivienda
La Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento
de Jerez de los Caballeros
LEIRE IGLESIAS SANTIAGO
VIRGINIA BORRALLO RUBIO
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