Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021063653)
Resolución de 17 de noviembre de 2021, de la Consejera, relativa a la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Mérida, para el cambio de uso de una parcela de suelo urbano con ordenanza "centro tradicional tipo A" a sistema general viario, para la reordenación del paisaje urbano en la Puerta de la Villa. Mérida.
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NÚMERO 233
Viernes 3 de diciembre de 2021
57554
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO
RESOLUCIÓN de 17 de noviembre de 2021, de la Consejera, relativa a la
modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Mérida, para
el cambio de uso de una parcela de suelo urbano con ordenanza "centro
tradicional tipo A" a sistema general viario, para la reordenación del paisaje
urbano en la Puerta de la Villa. Mérida. (2021063653)
Visto el expediente epigrafiado, en el que consta informe favorable de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura de su sesión de 29 de julio de 2021.
De conformidad con lo previsto en el artículo 58.1 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de
ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura (LOTUS) y el artículo 5.2.h del
Decreto 50/2016, de 26 de abril, de atribuciones de los órganos urbanísticos y de ordenación
del territorio, y de organización y funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación
del Territorio, corresponde el conocimiento del asunto más arriba señalado, al objeto de su
resolución, a la Consejera de Agricultura y Desarrollo Rural, Población y Territorio.
Las competencias en materia de ordenación del territorio y urbanismo se encuentran actualmente asignadas a la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio,
mediante Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, se estableció la estructura orgánica básica de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, formando parte de ella la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio. Y atribuyéndose a la actual
Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio el ejercicio de estas competencias, y entre otras funciones, la de asegurar el funcionamiento de la Comisión de Urbanismo
y Ordenación del Territorio de Extremadura.
Así mismo, la disposición adicional primera del citado Decreto 87/2019 indica que “las referencias del ordenamiento a los órganos suprimidos, se entenderán realizadas a los que en
esta misma norma se crean, los sustituyen o asumen sus competencias”.
Mérida no dispone de un Plan General Municipal adaptado a las determinaciones contenidas
en los artículos 46 a 48 de la LOTUS.
La redacción originaria de la LOTUS, vigente al momento de la aprobación inicial de esta modificación (18/06/20), disponía la vigencia de las normas urbanísticas anteriores (disposición
Viernes 3 de diciembre de 2021
57554
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO
RESOLUCIÓN de 17 de noviembre de 2021, de la Consejera, relativa a la
modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Mérida, para
el cambio de uso de una parcela de suelo urbano con ordenanza "centro
tradicional tipo A" a sistema general viario, para la reordenación del paisaje
urbano en la Puerta de la Villa. Mérida. (2021063653)
Visto el expediente epigrafiado, en el que consta informe favorable de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura de su sesión de 29 de julio de 2021.
De conformidad con lo previsto en el artículo 58.1 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de
ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura (LOTUS) y el artículo 5.2.h del
Decreto 50/2016, de 26 de abril, de atribuciones de los órganos urbanísticos y de ordenación
del territorio, y de organización y funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación
del Territorio, corresponde el conocimiento del asunto más arriba señalado, al objeto de su
resolución, a la Consejera de Agricultura y Desarrollo Rural, Población y Territorio.
Las competencias en materia de ordenación del territorio y urbanismo se encuentran actualmente asignadas a la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio,
mediante Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, se estableció la estructura orgánica básica de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, formando parte de ella la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio. Y atribuyéndose a la actual
Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio el ejercicio de estas competencias, y entre otras funciones, la de asegurar el funcionamiento de la Comisión de Urbanismo
y Ordenación del Territorio de Extremadura.
Así mismo, la disposición adicional primera del citado Decreto 87/2019 indica que “las referencias del ordenamiento a los órganos suprimidos, se entenderán realizadas a los que en
esta misma norma se crean, los sustituyen o asumen sus competencias”.
Mérida no dispone de un Plan General Municipal adaptado a las determinaciones contenidas
en los artículos 46 a 48 de la LOTUS.
La redacción originaria de la LOTUS, vigente al momento de la aprobación inicial de esta modificación (18/06/20), disponía la vigencia de las normas urbanísticas anteriores (disposición