Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Subvenciones. (2021063634)
Resolución de 22 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas de la línea específica de subvenciones del Programa de alquiler destinado a personas especialmente vulnerables, incluido en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, correspondiente a la anualidad 2021.
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NÚMERO 231

57073

Miércoles 1 de diciembre de 2021

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CÓDIGO CIP

SOLICITUD DE AYUDAS

P6034

(LÍNEA ESPECÍFICA DE SUBVENCIONES DEL PROGRAMA DE ALQUILER
DESTINADO A PERSONAS ESPECIALMENTE VULNERABLES)

DOCUMENTO/S QUE NO SE ACOMPAÑA/N POR HABERSE APORTADO YA A LA ADMINISTRACIÓN
De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, el interesado tiene derecho a no presentar los documentos que ya se hubieren aportado anteriormente a
cualquiera de las Administraciones Públicas, siempre que haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron
presentados.
A tal efecto, seguidamente se señalan las circunstancias de tiempo y lugar respecto de la siguiente documentación presentada:

Documento:

Órgano gestor:

Nº de expediente:

Fecha de registro:
Día

Mes


Día

Mes


Día

Año


Mes


Día

Año


Mes


Día

Año


Mes



8

Año



Año



DECLARACIONES RESPONSABLES DE LAS PERSONAS SOLICITANTES
Las personas integrantes del núcleo de convivencia (todos los mayores de edad que convivan en la vivienda arrendada)
declaran que cumplen con los requisitos establecidos en la Orden de 27 de octubre de 2021, por la que se aprueban las bases
reguladoras de la línea específica de subvenciones del Programa de alquiler destinado a personas especialmente vulnerables,
incluido en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, en particular:
a)

Que no son propietarias o usufructuarias de alguna vivienda en España, que puedan ocuparla y sea compatible con su
condición de persona especialmente vulnerable.

b)

Que no se hallan incursas en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones (salvo el requisito de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con la
Hacienda Estatal y Autonómica o frente a la Seguridad Social), ni han sido objeto, por incumplimiento o causa imputable
a las mismas, de un procedimiento de revocación de ayudas por parte de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de
entre las contempladas en los planes estatales de vivienda.

c)

Que la vivienda arrendada constituye la residencia habitual y permanente de las personas integrantes del núcleo de
convivencia y será destinada a este fin durante todo el periodo de alquiler subvencionado.

d)

Que alguna de las personas integrantes del núcleo de convivencia reúne la condición de persona especialmente
vulnerable con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria, de conformidad con la letra d) del resuelvo
segundo de la convocatoria, y que dicha condición se conserva a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.

e)

Que ninguna es titular de un contrato de arrendamiento de una vivienda de promoción pública, formalizado con la Junta
de Extremadura.

NIF/NIE






























































Nombre y Apellidos

Firma

Nombre y Apellidos

Firma

Nombre y Apellidos

Firma



NIF/NIE


Firma



NIF/NIE


Nombre y Apellidos


NIF/NIE


Firma



NIF/NIE


Nombre y Apellidos



Cumplimentando y firmando este apartado la/s persona/s firmantes declaran ser ciertas las circunstancias señaladas en el mismo.