Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021063628)
Resolución de 19 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, sobre modificación del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Apicio" a ejecutar en los términos municipales de Fregenal de la Sierra, Burguillos del Cerro y Jerez de los Caballeros (Badajoz), y cuyo promotor es Enel Green Power España, SL. Expte.: IA19/1391.
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NÚMERO 231
Miércoles 1 de diciembre de 2021

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del Estado, definido en el artículo 2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA),
aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio. Asimismo, parte de la
PSFV se ubicaría en zona de policía del arroyo del Romo.
Cualquier actuación que se realice en el DPH requiere autorización administrativa previa.
En ningún caso se autorizará dentro del DPH la construcción, montaje o ubicación de
instalaciones destinadas a albergar personas, aunque sea con carácter provisional o
temporal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51.3 del Reglamento del DPH.
De acuerdo con los artículos 6 y 7 del Reglamento del DPH, los terrenos (márgenes) que
lindan con los cauces, están sujetos en toda su extensión longitudinal a:


— Una zona de servidumbre de 5 metros de anchura para uso público, con los
siguientes fines: protección del ecosistema fluvial y del DPH; paso público peatonal,
vigilancia, conservación y salvamento; y varado y amarre de embarcaciones en
caso de necesidad.



— Una zona de policía de 100 metros de anchura en la que se condiciona el uso
del suelo y las actividades que se desarrollen. De acuerdo con el artículo 9 del
mismo Reglamento, cualquier obra o trabajo en la zona de policía de cauces
(que incluye también la zona de servidumbre para uso público) precisará
autorización administrativa previa del Organismo de cuenca. Dicha autorización
será independiente de cualquier otra que haya de ser otorgada por los distintos
órganos de las Administraciones Públicas.

Este organismo de cuenca ha autorizado al promotor la ejecución de cruzamiento aéreo
y ocupación de zona de policía de línea eléctrica con cauces de DPH. Referencias CL
1/21 y OBMA 18/21. Asimismo, con fecha 26/01/2021 el promotor solicitó autorización
administrativa para la realización de obras en zona de policía del arroyo del Romo,
la cual se tramita con la referencia OBMA 13/21. En cualquier caso, se estará a lo
dispuesto en la Resolución del expediente de autorización.
Consumo de agua:
A pesar de que la documentación aportada no lo indica expresamente, dada la naturaleza
del proyecto, es de suponer que la actuación no requiere agua para su funcionamiento. En
cualquier caso, se recuerda que las captaciones directas de agua –tanto superficial como
subterránea– del DPH, son competencia de la Confederación Hidrográfica del Guadiana
(CHGn). Cualquier uso privativo del agua en el ámbito competencial de esta Confederación
Hidrográfica deberá estar amparado necesariamente por un derecho al uso de la misma.