Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Subvenciones. (2021063668)
Extracto de la Resolución de 22 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas de la línea específica de subvenciones del Programa de alquiler destinado a personas especialmente vulnerables, incluido en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, correspondiente a la anualidad 2021
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NÚMERO 231
Miércoles 1 de diciembre de 2021

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2. L
 os requisitos exigidos para acceder a la subvención deberán cumplirse a la fecha de presentación de la solicitud de subvención. No obstante lo anterior, de conformidad con la
letra d) del resuelvo segundo de la convocatoria, la condición de persona especialmente
vulnerable deberá reunirse con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria y
conservarse a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
Los requisitos señalados en el apartado 1 deberán mantenerse, además, durante todo el
periodo de renta subvencionada.
3. S
 e consideran personas beneficiarias y deberán solicitar la ayuda, todas las personas integrantes del núcleo de convivencia.
Cuarto. Bases reguladoras.
La convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Orden de 27 de octubre de 2021, por la que
se aprueban las bases reguladoras de la línea específica de subvenciones del Programa de alquiler destinado a personas especialmente vulnerables, incluido en el Plan Estatal de Vivienda
2018-2021 (DOE número 209, de 29 de octubre).
Quinto. Cuantía.
1. L
 a cuantía de la ayuda será el 90% del importe mensual de la renta que figure en el contrato, con un límite máximo de 260 €.
2. L
 a ayuda se concederá por un plazo máximo de 12 meses. El plazo máximo de renta subvencionable comprenderá las doce mensualidades de la anualidad 2021.
3. E
 l abono de la ayuda se hará mediante pago único y anticipado, una vez concedida la subvención.
4. P
 ara las subvenciones convocadas, se prevé expresamente la posibilidad de realización de
pago anticipado de la subvención, con carácter previo a la justificación del cumplimiento de
la finalidad para la que se concede, así como la exención de garantía, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día en que surta efectos la resolución de
convocatoria y finalizará el 31 de enero de 2022, no admitiéndose a trámite las que se presenten fuera de este plazo.