Consejería De Educación Y Empleo. Educación De Adultos. (2021063534)
Resolución de 11 de noviembre de 2021, de la Secretaría General de Educación y de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se convoca la celebración de pruebas libres que permitan la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para personas mayores de dieciocho años en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso académico 2021/2022.
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NÚMERO 230
Martes 30 de noviembre de 2021

56819

3. L
 a solicitud obtenida de cualquiera de las formas descritas en los apartados, a), b) y c) anteriores, junto con la documentación exigida, se deberá presentar bien de forma presencial
o a través de las Oficinas de asistencia en materia de registros incluidas en el anexo de la
Resolución de 23 de abril de 2021 de la Vicepresidenta Primera y Consejera por la que se
hace pública la relación de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura para atender a lo previsto en el artículo 84.bis
de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura así como en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4. E
 n el caso de que optaran por presentar su solicitud en una oficina de Correos, lo harán en
sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada antes de ser certificada.
Quinto. Documentación acreditativa.
A la solicitud de inscripción en las pruebas libres para el curso académico 2021/2022, se deberá adjuntar la siguiente documentación:
a) Acreditación de la identidad del solicitante. El órgano gestor recabará de oficio los datos
de identificación del solicitante salvo que este se oponga expresamente a ello de acuerdo
con lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso el el solicitante
deberá aportar copia del DNI, NIE o tarjeta equivalente de los extranjeros residentes en
territorio español.
b) Quienes tuvieran superados algunos de los campos o ámbitos de conocimientos de la Educación Secundaria para personas adultas o algunas de las áreas de Educación Secundaria
Obligatoria, copia compulsada de la siguiente certificación académica:
1. H
 istorial académico o libro de escolaridad.
2. C
 ertificación acreditativa de las materias superadas en los cursos de la Educación Secundaria Obligatoria.
3. C
 ertificación acreditativa de los ámbitos y materias superados del programa de diversificación curricular de tercero y cuarto curso de la Educación Secundaria Obligatoria.
4. C
 ertificación acreditativa de haber superado todos los módulos de carácter general y los
módulos voluntarios conducentes a titulación de un programa de cualificación profesional inicial.