Ayuntamiento De Badajoz. Planeamiento. (2021081503)
Anuncio de 5 de noviembre de 2021 sobre aprobación definitiva de la modificación puntual de ordenación detallada n.º 1/2020, del Plan General Municipal.
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NÚMERO 230
56909
Martes 30 de noviembre de 2021
1.- Las características de la actividad pretendida.
2.- La repercusión del impacto de la misma en el ámbito inmediato de su localización.
3.- Las medidas correctoras que precisaría conforme a la legislación específica que la
regule.
4.- Los informes de las Administraciones afectadas.
5.- Los informes técnicos municipales.
La admisión del uso o compatibilidad se determinará por el órgano municipal competente
en el otorgamiento de la Licencia.
Con respecto a la compatibilidad en terrenos de uso y dominio público, se respetarán en
todo caso las superficies dotacionales públicas previstas en el Plan General Municipal para
espacios libres y otros equipamientos públicos.
No obstante lo anterior, en las áreas normativas del suelo urbano cuyas condiciones particulares de uso así lo establezcan, los usos de equipamiento privado Sanitario (ES) y
Bienestar y Asistencial (EB) podrán implantarse como usos alternativos en sustitución de
los usos de equipamiento privado atribuidos por el planeamiento sobre las manzanas o
submanzanas urbanísticas expresamente designadas en dichas condiciones particulares.
Badajoz, 5 de noviembre de 2021. El Alcalde, (P.D. Decreto de Alcaldía 23/6/2021 - BOP
6/7/2021). El Tte-Alcalde Delegado de Urbanismo, CARLOS URUEÑA FERNÁNDEZ.
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Martes 30 de noviembre de 2021
1.- Las características de la actividad pretendida.
2.- La repercusión del impacto de la misma en el ámbito inmediato de su localización.
3.- Las medidas correctoras que precisaría conforme a la legislación específica que la
regule.
4.- Los informes de las Administraciones afectadas.
5.- Los informes técnicos municipales.
La admisión del uso o compatibilidad se determinará por el órgano municipal competente
en el otorgamiento de la Licencia.
Con respecto a la compatibilidad en terrenos de uso y dominio público, se respetarán en
todo caso las superficies dotacionales públicas previstas en el Plan General Municipal para
espacios libres y otros equipamientos públicos.
No obstante lo anterior, en las áreas normativas del suelo urbano cuyas condiciones particulares de uso así lo establezcan, los usos de equipamiento privado Sanitario (ES) y
Bienestar y Asistencial (EB) podrán implantarse como usos alternativos en sustitución de
los usos de equipamiento privado atribuidos por el planeamiento sobre las manzanas o
submanzanas urbanísticas expresamente designadas en dichas condiciones particulares.
Badajoz, 5 de noviembre de 2021. El Alcalde, (P.D. Decreto de Alcaldía 23/6/2021 - BOP
6/7/2021). El Tte-Alcalde Delegado de Urbanismo, CARLOS URUEÑA FERNÁNDEZ.
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