Centro De Investigaciones Científicas Y Tecnológicas De Extremadura (cicytex). Pruebas Selectivas. (2021063617)
Resolución de 19 de noviembre de 2021, de la Presidencia, por la que se convoca un proceso selectivo para la contratación con carácter temporal de un Investigador/a con grado de Doctor para el desarrollo de una línea de investigación en materia de sostenibilidad de explotaciones porcinas.
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NÚMERO 229
Lunes 29 de noviembre de 2021
56114
Este plazo no podrá utilizarse en ningún caso para añadir, completar o modificar la documentación aportada con la solicitud inicial.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó
la exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidas del proceso selectivo.
2. R
esueltas las alegaciones presentadas se dictará resolución por la Presidencia del CICYTEX,
que se publicará en la página web de CICYTEX, declarando aprobadas las listas definitivas
de aspirantes admitidos y excluidos.
La publicación de la resolución aprobatoria de las listas definitivas en la página web de CICYTEX será determinante a efectos del cómputo de los plazos de eventuales impugnaciones o recursos, y en ella se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de la primera
fase del proceso selectivo.
Quinta. Tribunal de Selección.
1. E
l tribunal encargado de la realización de las pruebas selectivas será el que figura en el
anexo III de esta resolución.
2. N
o podrán formar parte del Tribunal de selección el personal del CICYTEX, el personal de
elección o designación política o los que hayan desempeñado tales puestos en los últimos
dos años, los funcionarios interinos, laborales temporales, el personal eventual, el personal
directivo profesional y las personas que en los cinco años anteriores a la publicación de la
convocatoria hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas.
3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de las personas que ejerzan las
funciones de Presidencia y Secretaría o de aquellas que, en su caso, las sustituyan, y de la
mitad, al menos, de sus miembros.
4. Podrán, a iniciativa de cada central sindical, estar presentes en el Tribunal durante la totalidad del proceso selectivo, en calidad de observadores, una persona en representación de
cada una de las centrales sindicales que ostente representación en el ámbito de personal
de la Administración General de la Función Pública de la Junta de Extremadura, en los
términos previstos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
5. El Tribunal de Selección podrá proponer la incorporación a sus deliberaciones de asesores
especialistas, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en el ejercicio de sus
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa
Lunes 29 de noviembre de 2021
56114
Este plazo no podrá utilizarse en ningún caso para añadir, completar o modificar la documentación aportada con la solicitud inicial.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó
la exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidas del proceso selectivo.
2. R
esueltas las alegaciones presentadas se dictará resolución por la Presidencia del CICYTEX,
que se publicará en la página web de CICYTEX, declarando aprobadas las listas definitivas
de aspirantes admitidos y excluidos.
La publicación de la resolución aprobatoria de las listas definitivas en la página web de CICYTEX será determinante a efectos del cómputo de los plazos de eventuales impugnaciones o recursos, y en ella se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de la primera
fase del proceso selectivo.
Quinta. Tribunal de Selección.
1. E
l tribunal encargado de la realización de las pruebas selectivas será el que figura en el
anexo III de esta resolución.
2. N
o podrán formar parte del Tribunal de selección el personal del CICYTEX, el personal de
elección o designación política o los que hayan desempeñado tales puestos en los últimos
dos años, los funcionarios interinos, laborales temporales, el personal eventual, el personal
directivo profesional y las personas que en los cinco años anteriores a la publicación de la
convocatoria hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas.
3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de las personas que ejerzan las
funciones de Presidencia y Secretaría o de aquellas que, en su caso, las sustituyan, y de la
mitad, al menos, de sus miembros.
4. Podrán, a iniciativa de cada central sindical, estar presentes en el Tribunal durante la totalidad del proceso selectivo, en calidad de observadores, una persona en representación de
cada una de las centrales sindicales que ostente representación en el ámbito de personal
de la Administración General de la Función Pública de la Junta de Extremadura, en los
términos previstos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
5. El Tribunal de Selección podrá proponer la incorporación a sus deliberaciones de asesores
especialistas, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en el ejercicio de sus
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa