Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0083)
Acuerdo de 29 de julio de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal de Navaconcejo.
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NÚMERO 229
Lunes 29 de noviembre de 2021

3.

4.

Uso Terciario.
a.

Comercial.

b.

Oficinas.

c.

Hotelero – turístico.

d.

Recreativo.

Uso Dotacional, que incluye:
a.

Uso de Comunicaciones.

b.

Uso de Zonas Verdes.

c.

Uso de Equipamientos.


5.

6.

56209

Uso de Equipamientos comunitarios.


Uso Educativo.



Uso Deportivo.



Uso Administrativo – Institucional.



Uso Sanitario



Uso Asistencial.



Uso Cultural.



Uso de Infraestructuras.



Uso de Servicios Urbanos.

Usos Primarios, que incluyen:
a.

Uso Agrícola.

b.

Uso Ganadero.

c.

Uso de Explotación Forestal.

d.

Uso de Extracción de recursos naturales.

Otras Actividades.

La implantación de estos usos se desarrollará con arreglo a lo establecido en el presente capítulo sin
perjuicio del cumplimiento tanto del resto de determinaciones de aprovechamiento establecidas por el
Plan General, y en especial de las condiciones de intensidad de aprovechamiento establecidas para cada
zona de ordenanza en las fichas de la presente Normativa, así como en la normativa supramunicipal
sectorial que les fuera de aplicación en su caso.
SECCIÓN 4.2.2. USO RESIDENCIAL.
Artículo 4.2.2.1

DEFINICIÓN. [E]

Se entenderá como uso residencial el destinado a habitación de las personas, siempre que los espacios
construidos y sus instalaciones garanticen las mínimas condiciones de habitabilidad establecidas en esta
normativa y en las disposiciones al efecto vigentes.
Comprende los espacios y dependencias destinados al alojamiento humano en forma permanente que
queden regulados en el presente capítulo de la Normativa Urbanística.
Se distinguen también por el establecimiento o no de algún Régimen de Protección y las características
del mismo.