Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021063158)
Resolución de 15 de octubre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el procedimiento de autorización ambiental integrada para el proyecto de gestión de residuos metálicos no peligrosos, promovido por Movilex Recycling España, SL, en el término municipal de Lobón.
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NÚMERO 205
Lunes, 25 de octubre de 2021
50162
Quinto. Mediante escrito de fecha 19 de noviembre de 2020 se solicita al Ayuntamiento
de Lobón el informe referido en el artículo 18 del texto refundido de la Ley de prevención y
control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de
16 de diciembre.
El Ayuntamiento de Lobón contesta mediante escrito de fecha 18 de diciembre de 2020,
en el que el arquitecto técnico municipal informa lo siguiente: “Se informa que, una vez
comprobadas las obras e instalaciones, se da su correcta conformidad (en cuanto a materias
de competencia propia municipal) para la Autorización Ambiental Integrada (AAI) de la
actividad de gestión de residuos metálicos, cuya promotora es Movilex Recycling España, SL,
con dirección en la C/ Don Benito, n.º 49 de esta localidad de Lobón (Badajoz).
Además, para la participación real y efectiva de las personas interesadas, en todo caso de los
vecinos inmediatos al emplazamiento de la instalación en el procedimiento de la autorización
ambiental integrada, se ha realizado notificación pública durante un plazo de 30 días en el
Tablón de Anuncios y en la sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Lobón sin ningún
tipo de alegaciones en el plazo de notificación”.
Sexto. El 27 de agosto de 2021, la Dirección General de Sostenibilidad resuelve formular
informe de impacto ambiental para este proyecto (expediente IA20/0495); resolución que se
incluye como anexo II de la AAI.
Séptimo. A los efectos previstos en el artículo 20 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de
16 de diciembre, y en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Dirección General de Sostenibilidad
se dirigió, mediante escritos registrados de salida con fecha 1 de septiembre de 2021, a los
interesados con objeto de proceder al trámite de audiencia. Durante dicho trámite no se han
recibido alegaciones.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. Es órgano competente para la resolución del presente procedimiento la Dirección
General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en
virtud de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de conformidad con el artículo 31.3
del Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Conforme a lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de
16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control
integrados de la contaminación, se somete a autorización ambiental integrada la construcción,
Lunes, 25 de octubre de 2021
50162
Quinto. Mediante escrito de fecha 19 de noviembre de 2020 se solicita al Ayuntamiento
de Lobón el informe referido en el artículo 18 del texto refundido de la Ley de prevención y
control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de
16 de diciembre.
El Ayuntamiento de Lobón contesta mediante escrito de fecha 18 de diciembre de 2020,
en el que el arquitecto técnico municipal informa lo siguiente: “Se informa que, una vez
comprobadas las obras e instalaciones, se da su correcta conformidad (en cuanto a materias
de competencia propia municipal) para la Autorización Ambiental Integrada (AAI) de la
actividad de gestión de residuos metálicos, cuya promotora es Movilex Recycling España, SL,
con dirección en la C/ Don Benito, n.º 49 de esta localidad de Lobón (Badajoz).
Además, para la participación real y efectiva de las personas interesadas, en todo caso de los
vecinos inmediatos al emplazamiento de la instalación en el procedimiento de la autorización
ambiental integrada, se ha realizado notificación pública durante un plazo de 30 días en el
Tablón de Anuncios y en la sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Lobón sin ningún
tipo de alegaciones en el plazo de notificación”.
Sexto. El 27 de agosto de 2021, la Dirección General de Sostenibilidad resuelve formular
informe de impacto ambiental para este proyecto (expediente IA20/0495); resolución que se
incluye como anexo II de la AAI.
Séptimo. A los efectos previstos en el artículo 20 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de
16 de diciembre, y en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Dirección General de Sostenibilidad
se dirigió, mediante escritos registrados de salida con fecha 1 de septiembre de 2021, a los
interesados con objeto de proceder al trámite de audiencia. Durante dicho trámite no se han
recibido alegaciones.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. Es órgano competente para la resolución del presente procedimiento la Dirección
General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en
virtud de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de conformidad con el artículo 31.3
del Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Conforme a lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de
16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control
integrados de la contaminación, se somete a autorización ambiental integrada la construcción,