Servicio Extremeño De Salud. Delegación De Competencias. (2021063076)
Resolución de 4 de octubre de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se delegan competencias en materia de responsabilidad patrimonial.
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NÚMERO 199

49074

Viernes, 15 de octubre de 2021

RESUELVO
Primero. Delegar en la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales del Servicio Extremeño de Salud las competencias que en materia de responsabilidad patrimonial me atribuye el artículo 61.4 de la Ley 10/2001, de 28 de junio, de Salud
de Extremadura, con excepción de lo dispuesto en el apartado segundo de esta resolución.
Segundo. Delegar en las personas titulares de las Gerencias de Área, en el ámbito territorial
del ejercicio de sus funciones, las competencias que en materia de responsabilidad patrimonial me atribuye el artículo 61.4 de la Ley 10/2001, de 28 de junio, de Salud de Extremadura,
en relación a aquellas solicitudes de responsabilidad patrimonial en las que la cuantía de la
indemnización reclamada sea igual o inferior a 10.000 euros.
Tercero. La delegación de competencias contenida en la presente resolución será revocable
en cualquier momento por el órgano delegante, quien podrá también avocar para sí el conocimiento de un asunto, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica
o territorial lo hagan conveniente, a tenor de lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cuarto. Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de esta delegación de
competencias se considerarán dictadas por el órgano delegante e indicarán expresamente
esta circunstancia, con las precisiones que establece el apartado 4 del artículo 73 de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de Extremadura.
Quinto. Dejar sin efecto la Resolución de 10 de octubre de 2019, de la Dirección Gerencia del
Servicio Extremeño de Salud, sobre delegación de competencias en materia de responsabilidad patrimonial (DOE n.º 205, de 23 de octubre de 2019).
Sexto. La delegación de competencias contenida en la presente resolución resultará de aplicación a aquellos procedimientos que hayan iniciado su tramitación con anterioridad a la fecha
en que la presente delegación surta efecto y en los que aún no se hayan dictado las correspondientes resoluciones que les pongan fin.
Séptimo. La presente resolución surtirá efectos a partir del día de su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura.
Mérida, 4 de octubre de 2021.
El Director Gerente del Servicio
Extremeño de Salud,
CECILIANO FRANCO RUBIO

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