Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021063067)
Resolución de 8 de octubre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. y la Comunidad Autónoma de Extremadura para la realización de trabajos de control por monitorización en las campañas 2021 Y 2022.
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NÚMERO 198
Jueves, 14 de octubre de 2021

48969

CONVENIO ENTRE EL FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA,
O.A. Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA PARA LA
REALIZACIÓN DE TRABAJOS DE CONTROL POR MONITORIZACIÓN
EN LAS CAMPAÑAS 2021 Y 2022.
Madrid, 19 de julio de 2021.
REUNIDOS
De una parte, D. Miguel Ángel Riesgo Pablo, en representación del Fondo Español de Garantía
Agraria, O.A. (en adelante FEGA), organismo autónomo adscrito al Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación. Actúa en su condición de Presidente del mismo, cargo para el que fue
nombrado por Real Decreto 767/2018, de 29 de junio, (BOE núm. 158, de 30 de junio de
2018), en el ejercicio de la facultad para celebrar convenios que le confieren el artículo 48.2
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y el artículo 4.2.f
del Estatuto del FEGA, aprobado por Real Decreto 1441/2001, de 21 de diciembre.
Y, de otra parte, Dña. Begoña García Bernal, Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, en virtud de Decreto del Presidente 19/2019,
de 1 de julio, por el que se dispone su nombramiento, y en uso de las facultades conferidas
por el artículo 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en ejercicio de las competencias que se le atribuyen a dicha Consejería en el Decreto 164/2019, de 19 de octubre, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio
de la Junta de Extremadura y se modifica el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica básica de la administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno en la sesión celebrada el 14 de julio
de 2021.
Las partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y a
tal efecto,
EXPONEN
Primero. Que el artículo 58.2 del Reglamento (UE) 1306/2013 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 17 de diciembre, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política
Agrícola Común, impone a los organismos pagadores de los Estados miembros la obligación
de implantar “sistemas de gestión y control eficaces para garantizar el cumplimiento de la
legislación que regula los regímenes de ayuda de la Unión con objeto de reducir al máximo el
riesgo de perjuicio financiero de la Unión”.