Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021063006)
Resolución de 28 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Modificación de características de concesión de aguas para riego de 40,2 ha, en la finca La Garza", en el término municipal de Oliva de Mérida (Badajoz). Expte.: IA19/0272.
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NÚMERO 197
Miércoles, 13 de octubre de 2021




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— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
Si bien la superficie de riego no ocuparla el DPH del Estado, constituido en
este caso por el cauce del rio San Juan (embalse de la Garza) y de un arroyo
tributario de este, se contempla su establecimiento en parte de la zona servidumbre y/o policía de dicho cauce



Durante el desarrollo de las obras, debido a la realización de movimientos de
tierra, se pueden producir afecciones sobre la red natural de drenaje existente. También se puede producir el arrastre de tierras por escorrentía y producir
un incremento de los sólidos en suspensión en las aguas superficiales cercanas
y un aumento de la turbidez, alterando la calidad de las aguas, y la acumulación de sedimentos en el lecho fluvial. En la fase de explotación se pueden
producir lixiviados de fertilizantes o productos fitosanitarios. En cuanto a la red
de drenaje natural, no se considera que se causará un impacto elevado dado
que según el promotor se ajustarán los drenajes de forma que sigan el modelo
natural.



En todo caso el proyecto no generará impactos significativos sobre las aguas
superficiales, ni será una actividad contaminante de las mismas, siempre que
se adopten las medidas incluidas en el EsIA.



Por otro lado, la Confederación Hidrográfica del Guadiana en su informe establece una serie de medidas necesarias para minimizar la posible afección al
medio hídrico en la zona de actuación.




— Geología y suelo.
Según indica el promotor en el EsIA la zona de implantación de la explotación
proyectada se encuentra dentro de la hoja 804 del Mapa Geológico Nacional a
escala 1:50.000.



Respecto a la pendiente, la mayor parte de la zona se sitúa por debajo del 10
%de pendiente, pudiendo encontrarse alguna pequeña zona con valores entre
10-20%, sin llegar a superar el 20% en ningún punto de la zona solicitada. Ello
no supone limitación para el cultivo, aunque deben adoptarse medidas conducentes a disminuir fenómenos erosivos (mínimo laboreo y/o siguiendo curvas
de nivel, etc.), así como evitar, el posible aterramiento del embalse próximo.



Los movimientos de tierra se producirán en la excavación de zanjas para la
colocación de tuberías y arquetas de riego, se ejecutarán drenajes y zonas de
paso y vados para acceder a los sectores de riego. Se alterará la calidad del