Consejería De Igualdad Y Portavocía. Violencia De Género. Subvenciones. (2021063014)
Resolución de 18 de agosto de 2021, de la Secretaría General, de concesión de una subvención directa, sin convocatoria previa, al Ayuntamiento de Mérida para la contratación a tiempo parcial de un/a Psicólogo/a para la mejora del Servicio del Punto de Atención Psicológica a Mujeres Víctimas de Violencia de Género de la ciudad de Mérida en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
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NÚMERO 197
Miércoles, 13 de octubre de 2021

48761

RESOLUCIÓN de 18 de agosto de 2021, de la Secretaría General, de concesión
de una subvención directa, sin convocatoria previa, al Ayuntamiento de
Mérida para la contratación a tiempo parcial de un/a Psicólogo/a para la
mejora del Servicio del Punto de Atención Psicológica a Mujeres Víctimas de
Violencia de Género de la ciudad de Mérida en el marco del Pacto de Estado
contra la Violencia de Género. (2021063014)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 22 de abril de 2021, D. Antonio Rodríguez Osuna, con DNI ***0567**,
en calidad de representante legal Ayuntamiento de Mérida, con CIF P0608300J y domicilio
en la Plaza de España, s/n de Mérida, presenta a la Consejería de Igualdad y Portavocía solicitud de concesión de una subvención directa para la contratación a tiempo parcial de un/a
psicólogo/a para la mejora del Servicio del Punto de Atención Psicológica a Mujeres Víctimas
de Violencia de Género de la ciudad de Mérida, en el marco del Pacto de Estado contra la
violencia de género.
Segundo. Con fecha 31 de mayo de 2021, se le realizó requerimiento para que, en el plazo
de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la recepción de la notificación, subsanase
lo requerido.
Tercero. En el expediente administrativo obra la siguiente documentación:
— Proyecto a desarrollar por la entidad solicitante.
— Desglose del presupuesto del proyecto que se incorpora a esta resolución como anexo.
— Certificado de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones dispuestas en el artículo
12.2 de la Ley 6/2011, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
para obtener la condición de beneficiaria de ayudas públicas.
— Certificado de que todos los datos contenidos en la solicitud son ciertos, aceptando las
condiciones establecidas en la normativa vigente aplicable a esta subvención.
— Certificados acreditativos de hallarse al corriente con las obligaciones de la entidad
solicitante con la Seguridad Social, la Hacienda autonómica y la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
— Copia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad.
— Copia del DNI del representante de la entidad.