Consejería De Educación Y Empleo. Centros Docentes Públicos. Directores. (2021050174)
Orden de 4 de octubre de 2021 por la que se convoca el procedimiento de evaluación de la función directiva en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 196
48524
Lunes, 11 de octubre de 2021
4. El informe de seguimiento global al que hace referencia el artículo 8, punto 1, b) será notificado tanto a la Comisión de Evaluación del desempeño de la función directiva como a
la dirección del centro con la finalidad de facilitar y estimular la mejora del desempeño de
la función directiva, así como orientar y asesorar para la corrección de posibles errores o
actuaciones inadecuadas.
Disposición final primera. Autorización.
Se autoriza al Secretario General de Educación a adoptar cuantas medidas sean necesarias
para la ejecución de la presente orden. Las Delegaciones Provinciales de Educación arbitrarán
las actuaciones necesarias para que tengan conocimiento de la misma los centros educativos,
alumnado, familias y, en general, todos los sectores de la Comunidad Educativa.
Disposición final segunda. Eficacia y recursos.
1. La presente convocatoria producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación.
2. C
ontra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse,
potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo aprueba, en el plazo
de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Podrá también
interponerse directamente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al
de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. Todo ello, sin
perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 4 de octubre de 2021.
La Consejera de Educación y Empleo,
MARÍA ESTHER GUTIÉRREZ MORÁN
48524
Lunes, 11 de octubre de 2021
4. El informe de seguimiento global al que hace referencia el artículo 8, punto 1, b) será notificado tanto a la Comisión de Evaluación del desempeño de la función directiva como a
la dirección del centro con la finalidad de facilitar y estimular la mejora del desempeño de
la función directiva, así como orientar y asesorar para la corrección de posibles errores o
actuaciones inadecuadas.
Disposición final primera. Autorización.
Se autoriza al Secretario General de Educación a adoptar cuantas medidas sean necesarias
para la ejecución de la presente orden. Las Delegaciones Provinciales de Educación arbitrarán
las actuaciones necesarias para que tengan conocimiento de la misma los centros educativos,
alumnado, familias y, en general, todos los sectores de la Comunidad Educativa.
Disposición final segunda. Eficacia y recursos.
1. La presente convocatoria producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación.
2. C
ontra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse,
potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo aprueba, en el plazo
de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Podrá también
interponerse directamente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al
de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. Todo ello, sin
perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 4 de octubre de 2021.
La Consejera de Educación y Empleo,
MARÍA ESTHER GUTIÉRREZ MORÁN