Diputación Provincial De Cáceres. Tributos. (2021ED0115)
Edicto de 24 de septiembre de 2021 sobre Convenio entre el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria y el Consorcio para la gestión y gestión de servicios medioambientales de la provincia de Cáceres "Medioambiente y aguas de Cáceres - Másmedio", para la delegación de la gestión recaudatoria de los derechos económicos de carácter público del Consorcio.
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NÚMERO 196
Lunes, 11 de octubre de 2021



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o) Proponer la adjudicación de fincas, expidiendo las certificaciones necesarias para su
inscripción en los registros públicos.

5. Las facultades de inspección tributaria, de investigación de los hechos imponibles para descubrir aquellos que sean ignorados y su atribución al sujeto pasivo u obligado tributario que
corresponda, así como la comprobación de las declaraciones de los sujetos pasivos para
determinar la veracidad y la correcta aplicación de las normas, de acuerdo a la legislación
aplicable, y en todo caso lo siguiente:


a) Aprobar los correspondientes planes de inspección.



b) Desarrollar todas las actuaciones materiales derivadas de la comprobación e investigación de los hechos o circunstancias con trascendencia tributaria respecto a los
tributos y demás ingresos de derecho público delegados.



c) Confeccionar las actas de inspección, emitir los informes ampliatorios y dictar Las
liquidaciones tributarias que correspondan.



d) Resolver los recursos que se interpongan contra las liquidaciones tributarias y, en su
caso, contra las modificaciones de datos, dictados como resultado de las actuaciones
inspectoras.



e) Proceder a la devolución de ingresos indebidos como consecuencia de las actuaciones de comprobación e investigación.



f) Abrir los expedientes sancionadores, realizar las tareas de instrucción del mismo y
dictar las resoluciones sancionadoras.

g) Emitir las liquidaciones de ingreso directo que puedan resultar de los apartados
anteriores.


h) Resolver los recursos que se interpongan contra las liquidaciones tributarias y contra
actos dictados como resultado de los expedientes sancionadores.



i) La realización de actuaciones de verificación de datos.



j) La realización de actuaciones de comprobación limitada.



k) La información y asistencia tributaria.



l) La realización de las demás actuaciones de aplicación de los tributos no integradas en
las funciones de inspección y recaudación.