Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062994)
Resolución de 29 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto instalación solar fotovoltaica "El Cerro" e infraestructura de evacuación en el término municipal de Burguillos del Cerro. Expte.: IA20/0994.
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NÚMERO 195
Viernes, 8 de octubre de 2021
48435
regula el régimen jurídico de los suelos contaminados en la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
11. Tal y como se establece en la disposición adicional séptima de la Ley 16/2015, en el
caso de proyectos sometidos a evaluación de impacto ambiental ordinaria, deberá
procederse por parte del promotor, a la designación de un coordinador ambiental,
que ejercerá las funciones que se detallan en el artículo 2 de la precitada disposición adicional séptima, tanto en la fase de ejecución, como en la de funcionamiento
del proyecto.
D.2. Medidas en la fase de construcción.
1. Se dispondrá de camiones-cuba para el riego de los caminos por los que se produzca el tránsito de vehículos y se limita la velocidad de los vehículos a 20 km/h, con
el fin de minimizar las emisiones de polvo en el entorno cercano a los mismo.
2. S
e realizará antes de la ejecución de los desbroces una inspección de campo para
la localización de nidos o lugares de concentración de animales que pudieran ser
eliminados de forma directa.
3. Se procederá a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras,
al objeto de evitar posibles afecciones a terrenos ajenos al área de ocupación del
proyecto, especialmente los afloramientos rocosos y majanos de piedra que deben
quedar.
4. No se ocupará ninguna zona de vegetación natural asociada a los encharcamientos
y cauces.
5. Se evitará, en lo posible, dañar o eliminar vegetación arbustiva o arbórea, situando
las zonas de acopios temporales, parque de maquinaria e instalaciones auxiliares,
áreas de trabajo, zonas de préstamo, vertederos, etc.
6. S
e deberán respetar todos los afloramientos rocosos del interior de la planta, haciendo especial hincapié en los afloramientos que se dan en las zonas altas de los
cerros.
7. Se evitará todo tipo de movimientos de tierras no contemplados en esta evaluación.
La tierra vegetal resultante de las excavaciones y movimientos de tierras se almacenará formando caballones de 1,5 m de altura máxima. Se tomarán las medidas
necesarias para mantener su potencial edáfico hasta su utilización en las tareas de
restauración posteriores.
Viernes, 8 de octubre de 2021
48435
regula el régimen jurídico de los suelos contaminados en la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
11. Tal y como se establece en la disposición adicional séptima de la Ley 16/2015, en el
caso de proyectos sometidos a evaluación de impacto ambiental ordinaria, deberá
procederse por parte del promotor, a la designación de un coordinador ambiental,
que ejercerá las funciones que se detallan en el artículo 2 de la precitada disposición adicional séptima, tanto en la fase de ejecución, como en la de funcionamiento
del proyecto.
D.2. Medidas en la fase de construcción.
1. Se dispondrá de camiones-cuba para el riego de los caminos por los que se produzca el tránsito de vehículos y se limita la velocidad de los vehículos a 20 km/h, con
el fin de minimizar las emisiones de polvo en el entorno cercano a los mismo.
2. S
e realizará antes de la ejecución de los desbroces una inspección de campo para
la localización de nidos o lugares de concentración de animales que pudieran ser
eliminados de forma directa.
3. Se procederá a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras,
al objeto de evitar posibles afecciones a terrenos ajenos al área de ocupación del
proyecto, especialmente los afloramientos rocosos y majanos de piedra que deben
quedar.
4. No se ocupará ninguna zona de vegetación natural asociada a los encharcamientos
y cauces.
5. Se evitará, en lo posible, dañar o eliminar vegetación arbustiva o arbórea, situando
las zonas de acopios temporales, parque de maquinaria e instalaciones auxiliares,
áreas de trabajo, zonas de préstamo, vertederos, etc.
6. S
e deberán respetar todos los afloramientos rocosos del interior de la planta, haciendo especial hincapié en los afloramientos que se dan en las zonas altas de los
cerros.
7. Se evitará todo tipo de movimientos de tierras no contemplados en esta evaluación.
La tierra vegetal resultante de las excavaciones y movimientos de tierras se almacenará formando caballones de 1,5 m de altura máxima. Se tomarán las medidas
necesarias para mantener su potencial edáfico hasta su utilización en las tareas de
restauración posteriores.