Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062983)
Resolución de 28 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula valoración ambiental sobre la modificación del proyecto de explotación porcina titularidad de Ana Eva Miguel Montero, ubicada en el término municipal de Plasencia. Expte.: IA 16/0965.
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NÚMERO 195
Viernes, 8 de octubre de 2021
48402
con una superficie construida de 43 m2, almacén con una superficie construida de 29 m2,
vestuario, dos patios de ejercicio con una superficie de 1.322 m2 y 5.338 m2 respectivamente,
una balsa de purines con una capacidad de 1.463,4 m3 para las naves, balsa para los patios,
estercolero, silos de pienso, vado sanitario, pediluvios, embarcadero, contenedores para la
gestión de cadáveres, depósitos de agua y cerramiento de la explotación.
El plan de manejo propuesto consistirá en un manejo totalmente intensivo donde los animales
no saldrán de las instalaciones (naves y patios).
A los anteriores Antecedentes de Hecho, le son de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. Es órgano competente para el dictado de la presente resolución la Dirección General
de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.28 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
Viernes, 8 de octubre de 2021
48402
con una superficie construida de 43 m2, almacén con una superficie construida de 29 m2,
vestuario, dos patios de ejercicio con una superficie de 1.322 m2 y 5.338 m2 respectivamente,
una balsa de purines con una capacidad de 1.463,4 m3 para las naves, balsa para los patios,
estercolero, silos de pienso, vado sanitario, pediluvios, embarcadero, contenedores para la
gestión de cadáveres, depósitos de agua y cerramiento de la explotación.
El plan de manejo propuesto consistirá en un manejo totalmente intensivo donde los animales
no saldrán de las instalaciones (naves y patios).
A los anteriores Antecedentes de Hecho, le son de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. Es órgano competente para el dictado de la presente resolución la Dirección General
de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.28 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección