Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062973)
Resolución de 28 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de nave industrial destinada a centro de tratamiento de vehículos al final de su vida útil, cuyo promotor es Juan José Arias Prieto, en el término municipal de Casas de Millán, (Cáceres). Expte.: IA 21/0435.
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NÚMERO 195
Viernes, 8 de octubre de 2021



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• Previsión de lugares y sistemas para la deposición y recogida de residuos susceptibles de generarse en la obra (aceites lubricantes, trapos sucios, restos de
comida, bolsas de plástico, etc.).



• Acondicionamiento de los viales de acceso a la obra para la reducción de ruidos
y emisiones de polvo.



• Instalación de contenedores (bidones u otros recipientes cerrados) necesarios
para la recogida adecuada de los residuos, susceptibles de ser generados en la
obra.



• Riego del área de trabajo cuando exista riesgo de producción de polvo.



• Verificaciones de las medidas aplicadas para la integración paisajística de la
obra, así como del resto de medidas correctoras propuestas.



• Revisiones periódicas de todo el sistema de saneamiento de la actividad.



• Control de las emisiones y cambio periódico de las puntas de medición de las
mismas.



• Gestión de los residuos en base a la legislación vigente y siempre en total conexión con la empresa autorizada que se encargará de la gestión de los mismos.



• Inspecciones sobre el proceso de gestión de residuos peligrosos.



• Ciertas medidas para la optimización de recursos.



• Instrucción al personal que trabajará en las instalaciones en las buenas prácticas medioambientales, particularmente en aquellas destinadas a prevenir, minimizar o evitar los impactos.




d. Otras disposiciones.
Teniendo en cuenta todo ello, así como la no afección del proyecto a espacios de la
Red Natura 2000, se propone que, de acuerdo con la evaluación de impacto ambiental simplificada practicada conforme a lo previsto en la Subsección 2ª de la Sección
2ª del Capítulo VII del Título I, tras el análisis realizado con los criterios del anexo
X de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General de Sostenibilidad resuelva, mediante
la formulación de un informe de impacto ambiental, que no es previsible que el proyecto “Nave industrial destinada a centro de tratamiento de vehículos al final de su