Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Ferias. (2021AC0073)
Acuerdo de 1 de octubre de 2021, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la feria internacional L'Artigiano in Fiera, para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 195
Viernes, 8 de octubre de 2021
48480
g) No realización de las actividades recogidas en la convocatoria.
h) N
o someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente,
aportando cuanta información le sea requerida.
i) La no comunicación a Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, de la
obtención de otro tipo de ayudas, ingresos o recursos que financien las mismas actividades, así como el incumplimiento de la obligación de notificar el estado de tramitación
o de resolución de cualquier ayuda que haya sido solicitada para el mismo fin.
j) No comunicar a Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, cualquier incidencia que pueda afectar al desarrollo del proyecto o actuación.
k) Renuncia por parte del beneficiario fuera del plazo de 3 días naturales desde la notificación de la concesión de la ayuda, siempre y cuando se hayan incurrido o comprometido
gastos relacionados con la participación del beneficiario. Los gastos incurridos o comprometidos debidos a la participación del beneficiario darán lugar al reintegro total.
l) Para las Ferias Internacionales y Ferias Nacionales de carácter internacional: No asistencia a la feria, no atención del stand todos los días de la feria, desde el día del montaje
y recepción de stands hasta la fecha oficial de fin de feria marcada por la organización
ferial, sin adecuada justificación y aviso previo.
m) Promoción de productos o servicios que no sean extremeños.
n) C
ualesquiera otras que vengan establecidas en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
o) También será causa de incumplimiento el no cumplimiento de las obligaciones establecidas
en las bases reguladoras, en la presente convocatoria, o en la resolución de concesión.
2. Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, supervisará la existencia de los
posibles incumplimientos.
Serán causas de revocación de la ayuda, y en su caso, el reintegro de las ayudas en especie que fueron entregados a los beneficiarios, las siguientes:
— que el beneficiario no hiciese entrega de los documentos que acreditan el cumplimiento
de las actividades justificativas recogidas en el artículo 14 Justificación de la ayuda.
— que, entregando el beneficiario la documentación justificativa, no fueran correctos tras
la subsanación otorgada.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
"Una manera de hacer Europa"
Viernes, 8 de octubre de 2021
48480
g) No realización de las actividades recogidas en la convocatoria.
h) N
o someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente,
aportando cuanta información le sea requerida.
i) La no comunicación a Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, de la
obtención de otro tipo de ayudas, ingresos o recursos que financien las mismas actividades, así como el incumplimiento de la obligación de notificar el estado de tramitación
o de resolución de cualquier ayuda que haya sido solicitada para el mismo fin.
j) No comunicar a Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, cualquier incidencia que pueda afectar al desarrollo del proyecto o actuación.
k) Renuncia por parte del beneficiario fuera del plazo de 3 días naturales desde la notificación de la concesión de la ayuda, siempre y cuando se hayan incurrido o comprometido
gastos relacionados con la participación del beneficiario. Los gastos incurridos o comprometidos debidos a la participación del beneficiario darán lugar al reintegro total.
l) Para las Ferias Internacionales y Ferias Nacionales de carácter internacional: No asistencia a la feria, no atención del stand todos los días de la feria, desde el día del montaje
y recepción de stands hasta la fecha oficial de fin de feria marcada por la organización
ferial, sin adecuada justificación y aviso previo.
m) Promoción de productos o servicios que no sean extremeños.
n) C
ualesquiera otras que vengan establecidas en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
o) También será causa de incumplimiento el no cumplimiento de las obligaciones establecidas
en las bases reguladoras, en la presente convocatoria, o en la resolución de concesión.
2. Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, supervisará la existencia de los
posibles incumplimientos.
Serán causas de revocación de la ayuda, y en su caso, el reintegro de las ayudas en especie que fueron entregados a los beneficiarios, las siguientes:
— que el beneficiario no hiciese entrega de los documentos que acreditan el cumplimiento
de las actividades justificativas recogidas en el artículo 14 Justificación de la ayuda.
— que, entregando el beneficiario la documentación justificativa, no fueran correctos tras
la subsanación otorgada.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
"Una manera de hacer Europa"