Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Pymes. Relevo Generacional. (2021062865)
Resolución de 24 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas para promover la continuidad de las pymes de Extremadura mediante la planificación de los procesos de relevo empresarial para la anualidad 2021.
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NÚMERO 194
Jueves, 7 de octubre de 2021

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• Los gastos de consultoría externa especializada para la elaboración del Protocolo de Empresa Familiar o del Plan de Relevo a trabajadores de la empresa.
• Los gastos notariales y, en su caso, registrales que se pudieran generar.
2. Se subvencionará el 80% de los gastos subvencionables, con los siguientes límites:
a. Para empresas con menos de 10 trabajadores, el gasto máximo subvencionable será de
6.000€
b. Para empresas con 10 trabajadores y menos de 50, el gasto máximo subvencionable
será de 8.000€
c. Para empresas con 50 trabajadores o más, el gasto máximo subvencionable será de
10.000€.
Sexto. Procedimiento de concesión de ayudas.
El procedimiento de concesión de las ayudas se efectuará en régimen de concesión directa
mediante convocatoria abierta.
Séptimo: Solicitudes de ayuda.
1. Las solicitudes que irán dirigidas a la Dirección General de Empresa de la Consejería de
Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura se formalizarán de acuerdo
con el modelo normalizado recogido en el anexo I de la presente resolución, que estará a
disposición de los interesados en el portal web de información al ciudadano de la Junta de
Extremadura http://ciudadano.juntaex.es.
2. Las solicitudes podrán presentarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.1 del Decreto
257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se
regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Registro Electrónico General de la Administración General del Estado, a través del enlace https://sede.administracion.gob.es o en
cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. Las solicitudes de ayudas deberán acompañarse de la siguiente documentación:
a) Presupuesto o factura proforma del coste de las acciones subvencionables que pretenda
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa