Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Pymes. Relevo Generacional. (2021062865)
Resolución de 24 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas para promover la continuidad de las pymes de Extremadura mediante la planificación de los procesos de relevo empresarial para la anualidad 2021.
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NÚMERO 194
Jueves, 7 de octubre de 2021

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g) Dado que estas ayudas están cofinanciadas con fondos europeos, los beneficiarios estarán obligados a llevar un sistema contable que permita verificar la concreta imputación
de las operaciones cofinanciadas con cargo a dichos fondos, según lo previsto en el
artículo 51 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el artículo 125.4 b) del Reglamento (UE) número 1303/2013
del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen disposiciones comunes
relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo
de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo
Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al
Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, sin perjuicio de disponer de los libros y registros
contables separados o códigos contables específicos y demás documentos debidamente
auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al
beneficiario en cada caso, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las
facultades de comprobación y control.
h) C
 ualquier otra obligación prevista en el texto del Decreto 49/2017, de 18 de abril, en la
resolución de concesión de ayudas, y las recogidas en la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Decimoquinto. Causas de revocación total o parcial y obligación de reintegro.
1. Son causas de revocación de la ayuda y reintegro de las cantidades anticipadas:
a) Incumplimiento de la obligación de justificación, justificación insuficiente, justificación
fuera del plazo establecido, falsedad, tergiversación u ocultamiento en los datos o documentos que sirven de base para justificar las inversiones subvencionables u otras
obligaciones impuestas en la resolución de concesión de la ayuda.
b) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a los beneficiarios,
así como de los compromisos por éstos asumidos con motivo de la concesión de la subvención, distintos de los anteriores, cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar
el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas,
ingresos o recurso para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos
internacionales.
c) Incurrir, en cualquier momento anterior a la finalización del periodo de ejecución de las

Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa