Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062986)
Resolución de 24 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de explotación porcina, cuyo promotor es Comabu, SA, en el término municipal de Torrejón El Rubio. Expte.: IA18/0999.
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NÚMERO 194
Jueves, 7 de octubre de 2021
48191
No obstante, no es previsible que la actividad tenga efectos significativos sobre hábitat naturales siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el informe
del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas e incluidas en la
presente resolución.
• Paisaje.
Se prevé que el impacto sobre el paisaje sea mínimo debido a que el proyecto se
localiza en una zona de carácter agropecuario de similares características. No obstante, el proyecto contempla la aplicación de medidas de integración paisajísticas.
• Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
Durante la fase de construcción de las instalaciones necesarias para la instalación
del proyecto la calidad del aire se verá afectada por la emisión difusa de partículas
de polvo y emisiones gaseosas a la atmósfera y se generará ruido, en todos los casos producidos por el funcionamiento de la maquinaria y movimientos de tierra. Las
medidas preventivas y correctoras habituales para este tipo de obras disminuyen
el impacto causado. En la fase de funcionamiento el impacto sobre la calidad del
aire, lo mismo que el ruido y la contaminación lumínica, y se limita al movimiento
de vehículos en operaciones de suministro de mercaderías, carga y descarga de
animales, retirada de residuos y operaciones de mantenimiento y trabajo diario, así
como con los contaminantes emitidos por los animales.
Los contaminantes emitidos a la atmósfera derivados de los animales presentes en
la explotación serán principalmente N2O (almacenamiento exterior de estiércol),
NH3 (volatilización en estabulamiento y almacenamiento exterior) y CH4 (volatilización en estabulamiento y almacenamiento exterior). Todas emisiones provienen
de focos difusos y dada la enorme dificultad para el control de los valores límite
de emisión de las mismas se sustituirán por la aplicación de una serie de medidas
presentes en la resolución.
No es previsible que la actividad tenga efectos significativos sobre la calidad de
aire, ruido y contaminación lumínica siempre y cuando se adopten las medidas
correctoras propuestas.
• Patrimonio arqueológico y dominio público.
Revisada la base de datos no se prevé afección a bienes materiales ni a patrimonio
cultural conocido. No obstante, si durante la ejecución de los trabajos de construcción o durante el desarrollo de la actividad propia de la balsa se hallasen restos u
Jueves, 7 de octubre de 2021
48191
No obstante, no es previsible que la actividad tenga efectos significativos sobre hábitat naturales siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el informe
del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas e incluidas en la
presente resolución.
• Paisaje.
Se prevé que el impacto sobre el paisaje sea mínimo debido a que el proyecto se
localiza en una zona de carácter agropecuario de similares características. No obstante, el proyecto contempla la aplicación de medidas de integración paisajísticas.
• Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
Durante la fase de construcción de las instalaciones necesarias para la instalación
del proyecto la calidad del aire se verá afectada por la emisión difusa de partículas
de polvo y emisiones gaseosas a la atmósfera y se generará ruido, en todos los casos producidos por el funcionamiento de la maquinaria y movimientos de tierra. Las
medidas preventivas y correctoras habituales para este tipo de obras disminuyen
el impacto causado. En la fase de funcionamiento el impacto sobre la calidad del
aire, lo mismo que el ruido y la contaminación lumínica, y se limita al movimiento
de vehículos en operaciones de suministro de mercaderías, carga y descarga de
animales, retirada de residuos y operaciones de mantenimiento y trabajo diario, así
como con los contaminantes emitidos por los animales.
Los contaminantes emitidos a la atmósfera derivados de los animales presentes en
la explotación serán principalmente N2O (almacenamiento exterior de estiércol),
NH3 (volatilización en estabulamiento y almacenamiento exterior) y CH4 (volatilización en estabulamiento y almacenamiento exterior). Todas emisiones provienen
de focos difusos y dada la enorme dificultad para el control de los valores límite
de emisión de las mismas se sustituirán por la aplicación de una serie de medidas
presentes en la resolución.
No es previsible que la actividad tenga efectos significativos sobre la calidad de
aire, ruido y contaminación lumínica siempre y cuando se adopten las medidas
correctoras propuestas.
• Patrimonio arqueológico y dominio público.
Revisada la base de datos no se prevé afección a bienes materiales ni a patrimonio
cultural conocido. No obstante, si durante la ejecución de los trabajos de construcción o durante el desarrollo de la actividad propia de la balsa se hallasen restos u