Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021062960)
Resolución de 24 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de instalación y puesta en marcha de una planta de tratamiento de residuos de construcción y demolición promovido por Hormigones y Contenedores de la Jara 172, SL, en el término municipal de Peraleda de la Mata (Cáceres).
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NÚMERO 193

48003

Miércoles, 6 de octubre de 2021

DENOMINACIÓN

TIPO DE
FOCO

GRUPO

CÓDIGO

PROCESO ASOCIADO

5. Emisión de polvo en la
resuspensión de material
pulverulento en carreteras
no pavimentadas

Difuso y
sistemático

-

07 09 02 00

Trasporte de los residuos
dentro de las instalaciones

2. Para los focos del 1 al 5 se adoptarán las siguientes medidas correctoras:
a) Se dotará la instalación y a los equipos de difusores de agua suficientes para que se cree
una atmósfera que no permita el paso de partículas sólidas a las parcelas colindantes.
b) Se dotarán a las maquinarias de tratamientos de carcasas de cubrimiento o sistemas de
capotaje fijos o semi-móviles para retener el polvo.
c) El transporte del material en los camiones se realizará cubriendo la caja con una malla
tupida que evite el levantamiento de polvo.
d) La maquinaria no superará los 20 km/h con el fin de minimizar la puesta en suspensión
de partículas en la atmósfera.
e) En caso necesario, se extenderá y compactará material granular sobre la zona de tránsito.
f) No se realizarán acopios con alturas que superen la altura del cerramiento exterior, no
pudiendo superar los acopios, en ningún caso, los 2 metros de altura.
g) Las emisiones de estos focos no provocarán en ningún caso la superación de los valores
límites de contaminantes establecidos por el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero,
relativo a la mejora de la calidad del aire.
- d - Medidas de protección y control de las aguas, del suelo y de las aguas subterráneas.
1. La actividad de almacenamiento y tratamiento que se autoriza constará de una zona hormigonada de 1.500 m2 y una zona de 1.000 m2 de zahorra compactada.
2. En la zona de zahorra compactada solo se podrá acopiar material valorizado.
3. La zona hormigonada tendrá pendiente hacia un registro arenero y una cámara separadora