Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2021062952)
Resolución de 17 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo del "Ayuntamiento de Villanueva del Fresno".
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NÚMERO 193
Miércoles, 6 de octubre de 2021
47916
las categorías incluidas en este grupo y para las que se haya exigido dicho nivel de titulación.
— Grupo B. Para el acceso a los cuerpos o escalas del Grupo B se exigirá estar en posesión
del título de Técnico Superior.
— Grupo C1: Constituye el Grupo C1 el personal laboral que posea titulación académica
de Bachillerato, Bachillerato Unificado Polivalente o Formación Profesional de Técnico
Superior (Formación Profesional de Grado Superior) o Técnico Especialista (Formación
Profesional de Segundo Grado) o equivalentes y haya sido seleccionado y contratado
para ejercer funciones o desempeñar puestos de trabajo correspondientes a alguna de
las categorías incluidas en este grupo y para las que se haya exigido dicho nivel de titulación.
— Grupo C2: Constituye el Grupo C2 el personal laboral que posea titulación académica de
Graduado en Educación Secundaria, Educación General Básica, Formación Profesional
de Técnico (Formación Profesional de Grado Medio) o de Técnico Auxiliar (Formación
Profesional de Primer Grado) o equivalentes, y haya sido seleccionado y contratado para
ejercer funciones o desempeñar puestos de trabajo correspondientes a alguna de las categorías incluidas en este grupo y para las que se haya exigido dicho nivel de titulación.
— Grupo AP: Constituye el Grupo AP el personal laboral que esté en posesión del Certificado de Escolaridad, del certificado de haber cursado un Programa de Garantía Social o
equivalente y haya sido seleccionado y contratado para ejercer funciones o desempeñar
puestos de trabajo correspondientes a alguna de las categorías incluidas en este grupo
y para las que se haya exigido dicho nivel de titulación.
Artículo 10. Organización y racionalización.
1. La organización práctica del trabajo será competencia del Ayuntamiento de Villanueva del
Fresno, con sujeción a lo previsto en este Convenio y en la legislación vigente. Por otra parte, la legislación vigente establece cauces de participación de los representantes legítimos
de los trabajadores en las condiciones de empleo de los mismos.
2. L
a organización y racionalización del trabajo tendrá, entre otras, las siguientes finalidades:
a) Mejora de las prestaciones de servicios al ciudadano.
b) Simplificación del trabajo, mejora de métodos y procesos administrativos.
c) Establecimiento de plantillas correctas de personal.
Miércoles, 6 de octubre de 2021
47916
las categorías incluidas en este grupo y para las que se haya exigido dicho nivel de titulación.
— Grupo B. Para el acceso a los cuerpos o escalas del Grupo B se exigirá estar en posesión
del título de Técnico Superior.
— Grupo C1: Constituye el Grupo C1 el personal laboral que posea titulación académica
de Bachillerato, Bachillerato Unificado Polivalente o Formación Profesional de Técnico
Superior (Formación Profesional de Grado Superior) o Técnico Especialista (Formación
Profesional de Segundo Grado) o equivalentes y haya sido seleccionado y contratado
para ejercer funciones o desempeñar puestos de trabajo correspondientes a alguna de
las categorías incluidas en este grupo y para las que se haya exigido dicho nivel de titulación.
— Grupo C2: Constituye el Grupo C2 el personal laboral que posea titulación académica de
Graduado en Educación Secundaria, Educación General Básica, Formación Profesional
de Técnico (Formación Profesional de Grado Medio) o de Técnico Auxiliar (Formación
Profesional de Primer Grado) o equivalentes, y haya sido seleccionado y contratado para
ejercer funciones o desempeñar puestos de trabajo correspondientes a alguna de las categorías incluidas en este grupo y para las que se haya exigido dicho nivel de titulación.
— Grupo AP: Constituye el Grupo AP el personal laboral que esté en posesión del Certificado de Escolaridad, del certificado de haber cursado un Programa de Garantía Social o
equivalente y haya sido seleccionado y contratado para ejercer funciones o desempeñar
puestos de trabajo correspondientes a alguna de las categorías incluidas en este grupo
y para las que se haya exigido dicho nivel de titulación.
Artículo 10. Organización y racionalización.
1. La organización práctica del trabajo será competencia del Ayuntamiento de Villanueva del
Fresno, con sujeción a lo previsto en este Convenio y en la legislación vigente. Por otra parte, la legislación vigente establece cauces de participación de los representantes legítimos
de los trabajadores en las condiciones de empleo de los mismos.
2. L
a organización y racionalización del trabajo tendrá, entre otras, las siguientes finalidades:
a) Mejora de las prestaciones de servicios al ciudadano.
b) Simplificación del trabajo, mejora de métodos y procesos administrativos.
c) Establecimiento de plantillas correctas de personal.