Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2021062952)
Resolución de 17 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo del "Ayuntamiento de Villanueva del Fresno".
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NÚMERO 193
Miércoles, 6 de octubre de 2021

47967

i) El incumplimiento de las normas en materia de incompatibilidades, cuando no dé lugar
a una situación de incompatibilidad.
j) La tercera falta injustificada de asistencia en un período de tres meses, cuando las dos
anteriores hubieren sido objeto de sanción por falta leve.
k) La falta de asistencia al trabajo, sin causa justificada, durante tres días al mes.
l) El incumplimiento injustificado de la jornada o del horario de trabajo que acumulado
suponga un mínimo de diez horas al mes.
m) Las acciones u omisiones dirigidas a evadir los sistemas de control de horarios o a
impedir que sean detectados los incumplimientos injustificados de la jornada o del
horario de trabajo.
n) L
 a simulación de enfermedad o accidente que conlleve una incapacidad laboral.
ñ) L
 a omisión de aquellas actuaciones que, resultando obligadas y necesarias, cause perjuicios graves a la Administración o a los ciudadanos.
o) El atentado grave a la dignidad del personal empleado público, de la Administración o
de los ciudadanos.
p) El incumplimiento de las obligaciones impuestas por la normativa de prevención de
riesgos laborales, del que puedan derivarse riesgos concretos para la seguridad y salud
de las personas.
q) La aceptación de trato de favor o situación que implique privilegio o ventaja injustificada, por parte de personas físicas o entidades privadas.
r) C
 ontraer obligaciones económicas o patrimoniales, o intervenir en operaciones financieras o negocios jurídicos, con personas o entidades, cuando supongan un conflicto de
intereses con las obligaciones de su puesto público.
s) El empleo o la utilización de recursos y bienes públicos para usos particulares o facilitarse a terceros, salvo que por su escasa entidad constituya falta leve.
t) El incumplimiento del deber de confidencialidad por parte de los miembros de los órganos de selección.
u) T
 ambién serán faltas muy graves las que queden tipificadas como tales en Ley de las
Cortes Generales o de la Asamblea Legislativa de la correspondiente Comunidad