Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2021062952)
Resolución de 17 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo del "Ayuntamiento de Villanueva del Fresno".
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NÚMERO 193
Miércoles, 6 de octubre de 2021
47966
d) La falta de asistencia al trabajo sin causa que lo justifique de uno o dos días al mes.
e) L
a no comunicación en su tiempo de la falta al trabajo por causas justificadas, así como
la no justificación de la incapacidad temporal de conformidad con la normativa vigente,
a no ser que se pruebe la imposibilidad de hacerlo.
f) El descuido en la conservación de locales, enseres, material y documentos de los servicios, si no causa perjuicios graves.
g) El incumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales,
cuando de ello no se deriven riesgos o daños para sí mismo, otro personal empleado
público o terceras personas.
h) El empleo o la utilización de recursos y bienes públicos de escasa entidad para usos
particulares o facilitarse a terceros.
i) Cualquier incumplimiento de los deberes y obligaciones del empleado público, así como
de los principios de conducta, siempre que no deban ser calificados como falta muy grave o grave.
Artículo 64. Faltas graves.
a) La falta de obediencia debida a los superiores.
b) El abuso de autoridad en el ejercicio del cargo que no cause perjuicio grave al servicio
o al personal a su cargo.
c) La grave desconsideración con el personal empleado público o con los ciudadanos en el
ejercicio de sus funciones.
d) Causar daños graves al patrimonio de la Administración.
e) Intervenir en un procedimiento administrativo cuando se dé alguna de las causas de
abstención legalmente señaladas.
f) La emisión de informes, la adopción de decisiones, resoluciones o acuerdos o la realización de actuaciones manifiestamente ilegales cuando no causen perjuicio grave a la
Administración o a la ciudadanía.
g) La falta injustificada de rendimiento o diligencia que afecte al normal funcionamiento
de los servicios públicos.
h) No guardar el debido sigilo respecto a los asuntos que se conozcan por razón del cargo
o función, cuando causen perjuicio a la Administración o se utilicen en provecho propio.
Miércoles, 6 de octubre de 2021
47966
d) La falta de asistencia al trabajo sin causa que lo justifique de uno o dos días al mes.
e) L
a no comunicación en su tiempo de la falta al trabajo por causas justificadas, así como
la no justificación de la incapacidad temporal de conformidad con la normativa vigente,
a no ser que se pruebe la imposibilidad de hacerlo.
f) El descuido en la conservación de locales, enseres, material y documentos de los servicios, si no causa perjuicios graves.
g) El incumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales,
cuando de ello no se deriven riesgos o daños para sí mismo, otro personal empleado
público o terceras personas.
h) El empleo o la utilización de recursos y bienes públicos de escasa entidad para usos
particulares o facilitarse a terceros.
i) Cualquier incumplimiento de los deberes y obligaciones del empleado público, así como
de los principios de conducta, siempre que no deban ser calificados como falta muy grave o grave.
Artículo 64. Faltas graves.
a) La falta de obediencia debida a los superiores.
b) El abuso de autoridad en el ejercicio del cargo que no cause perjuicio grave al servicio
o al personal a su cargo.
c) La grave desconsideración con el personal empleado público o con los ciudadanos en el
ejercicio de sus funciones.
d) Causar daños graves al patrimonio de la Administración.
e) Intervenir en un procedimiento administrativo cuando se dé alguna de las causas de
abstención legalmente señaladas.
f) La emisión de informes, la adopción de decisiones, resoluciones o acuerdos o la realización de actuaciones manifiestamente ilegales cuando no causen perjuicio grave a la
Administración o a la ciudadanía.
g) La falta injustificada de rendimiento o diligencia que afecte al normal funcionamiento
de los servicios públicos.
h) No guardar el debido sigilo respecto a los asuntos que se conozcan por razón del cargo
o función, cuando causen perjuicio a la Administración o se utilicen en provecho propio.