Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2021062952)
Resolución de 17 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo del "Ayuntamiento de Villanueva del Fresno".
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NÚMERO 193
Miércoles, 6 de octubre de 2021

47911

CONVENIO COLECTIVO PARA EL PERSONAL LABORAL DEL
AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL FRESNO
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto.
El presente Convenio tiene como objeto principal la regulación de las relaciones entre el Ayuntamiento de Villanueva del Fresno y el personal laboral a su servicio independientemente de
la modalidad contractual que les vincule.
Este Convenio se concierta entre el Ayuntamiento de Villanueva del Fresno y los representantes sindicales de Comisiones Obreras, representantes legales de los trabajadores legitimados
para ello, conforme prevé el artículo 87 del Estatuto de los Trabajadores en vigor.
Artículo 2. Ámbito personal.
1. Las normas contenidas en el presente Convenio son de aplicación a todo el personal laboral
del Excmo. Ayuntamiento de Villanueva del Fresno incluidas las Sociedades Mercantiles
dependientes, Patronatos, fundaciones y sus Organismos Autónomos.
2. Los contratos sujetos a programas, convenios o subvenciones de la Junta de Extremadura u
otras administraciones públicas, se regirán en cuanto al proceso de selección, contratación
y retribuciones por lo recogido en la normativa que regule dichos programas, convenios o
subvenciones, en lo no recogido se aplicará el presente convenio.
3. Quedarán excluidos del presente Convenio los trabajadores contratados por el Programa
de Fomento del empleo Agrario (AEPSA), que estarán acogidos al Convenio Provincial de
la Construcción.
4. Los acuerdos, disposiciones, decretos y normas municipales, en tanto no contradigan lo
establecido en el presente Convenio, serán de aplicación a los Trabajadores/as en lo que
les sean más favorables.
Artículo 3. Ámbito temporal, denuncia y prórroga.
1. Este Convenio Colectivo entrará en vigor al día siguiente de su publicación y continuará en
vigor hasta el 31 de diciembre de 2024.
2. L
 a denuncia del presente Convenio deberá efectuarse por alguna de las partes firmantes
del presente convenio y deberá formularse por escrito dirigida a la otra parte con dos meses como mínimo de antelación a la fecha de terminación de vigencia.