Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062962)
Resolución de 28 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Cooperación Educativa para la realización de prácticas académicas externas entre el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX) y la Universidad de Burgos.
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NÚMERO 192
Martes, 5 de octubre de 2021

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e) Desarrollar el Proyecto Formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas con
el CICYTEX conforme a las líneas establecidas en el mismo.
f) Elaborar la memoria y encuesta final de las prácticas, según modelo, que deberá entregar al tutor académico en los plazos máximos fijados.
g) Guardar confidencialidad en relación con la información interna del CICYTEX y guardar
secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta.
h) M
 ostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política del CICYTEX, salvaguardando el buen nombre de la UBU a la que pertenece.
i) Cualquier otro deber previsto en la normativa vigente y/o en los correspondientes convenios de cooperación educativa suscrito por la UBU y el CICYTEX.
Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes tendrán los siguientes derechos:
a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un tutor
académico de la UBU y un tutor en el CICYTEX.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la UBU.
c) A la obtención de un informe por parte del CICYTEX donde se indique que ha realizado
las prácticas, con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y, en su
caso, su rendimiento.
d) A permanecer dado de alta en el Régimen de Seguridad Social durante el periodo en el
que el estudiante se encuentre realizando las prácticas académicas externas, cuando la
norma laboral así lo establezca. A la propiedad intelectual e industrial en los términos
establecidos en la legislación reguladora de la materia.
e) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la legislación reguladora de la materia.
f) A recibir, por parte del CICYTEX, información de la normativa de seguridad y prevención
de riesgos laborales.
g) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y participación,
previa comunicación con antelación suficiente al CICYTEX.
h) A disponer de los recursos necesarios para el acceso de los estudiantes con discapacidad
a la tutela, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las prácticas en
igualdad de condiciones.