Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Deportes. Ayudas. (2021062985)
Resolución de 21 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de las ayudas para la participación de equipos de entidades deportivas extremeñas en competiciones deportivas de ámbito nacional e internacional para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 192

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Martes, 5 de octubre de 2021

b) En aquellos casos en los que se acredite que no se ha podido realizar el proyecto presentado en su totalidad debido a causas sobrevenidas, ajenas a la entidad deportiva, se
considerará que el cumplimiento por el beneficiario se aproxima significativamente al
cumplimiento total cuando se haya ejecutado, al menos, un 50% de las actividades objeto de la subvención. En estos casos procederá la pérdida parcial del derecho al cobro
de la subvención o, en su caso, el reintegro, en cuanto a la parte no ejecutada. Procederá la pérdida total del derecho al cobro o reintegro total de la subvención concedida
cuando las actividades subvencionables se ejecuten en un porcentaje inferior al 50% de
las mismas.
3. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de Derecho Público, resultando de aplicación para su cobranza lo previsto en la Ley General de Hacienda Pública
de Extremadura.
4. El procedimiento para declarar la pérdida del derecho a la percepción de la subvención y,
en su caso, la obligación de reintegrar las cantidades percibidas, será el establecido en el
capítulo II del título III de la Ley de Subvenciones de la CAEX.
Decimoséptimo. Aplicación de esta Resolución.
El Secretario General de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes adoptará las medidas
necesarias para la aplicación de lo dispuesto en la presente resolución.
Decimoctavo. Eficacia y Recursos.
El presente acto surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación y a la de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra el presente acto de convocatoria, que no pone fin a la vía administrativa, podrán las
entidades interesadas interponer recurso de alzada ante la Consejera de Cultura, Turismo y
Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación y la de
su extracto en el Diario Oficial de Extremadura, según lo previsto en los 121 y 122 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas y en el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Sin perjuicio de lo señalado, las entidades interesadas podrán interponer cualesquiera otros
recursos que consideren pertinentes.
Mérida, 21 de septiembre de 2021.
El Secretario General,
PEDRO ALVARADO RODRÍGUEZ